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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 18, a cargo de la Dra. VALERIA PEREZ CASADO, Secretaría N° 36, a cargo de la Dra. ADRIANA BRAVO, con sede en Marcelo T. De Alvear 1840, 3° piso, Capital Federal, comunica por dos días en autos: “YAGANES S.A. S/QUIEBRA”, Expte. N° 8819 / 2014, que el martillero HECTOR DANIEL VIVIANI, procederá a llamar a mejora de oferta el día 27 de Abril de 2018 a partir de las 11:20 hs. en punto, en Jean Jaures 545, Cap. Fed., al contado y al mejor postor, dos (2) automotores usados Marca FORD a saber: 1) tipo Sedán 4 Ptas., modelo FOCUS EXE GHIA 2.0L NAFTA AT ,año 2013, Dominio: MDN 615, Base: $ 120.000.- 2) tipo Sedán 4 Ptas., modelo FOCUS EXE GHIA 2.0L NAFTA AT, año 2013, Dominio: MUL 460, Base: $ 120.000.- Se deja constancia que existe oferta de compra por ambas unidades, formulada por el Sr. Pinal Nicolás por la suma de $ 120.000.- por cada unidad, más la totalidad de los gastos, aranceles, impuestos, etc. que deban abonarse, la cual ha sido aceptada al solo efecto de establecer la base de las posturas, de acuerdo a lo que se desprende de los actuados. Conforme surge de la constatación las unidades se hallan en buen estado de conservación, con pequeños detalles propios del uso, sin faltantes de motor, interior y de carrocería. CONDICIONES DE VENTA: AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR. IVA sobre el precio: 21%, COMISIÓN: 10% + IVA, Ac. 10/99 CSJN: 0,25% y Sellado de Ley. Se deja constancia que se recibirán posturas bajo sobre hasta las 10:00 hs. del día anterior a la subasta, las que serán abiertas por el Actuario con presencia del martillero y los interesados a las 12:30 hs del mismo día. No se aceptará la compra “en comisión” ni la cesión del boleto, debiendo el martillero suscribir éste, con quien efectivamente efectuare la oferta, bajo apercibimiento de remoción y de perder el derecho a cobrar la comisión. El enajenador deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante, en caso de invocar un poder. Los impuestos, tasas y contribuciones devengados con anterioridad al decreto de quiebra deberán ser objeto de verificación en autos por los organismos respectivos, las acreencias post-concursales deberán ser pagadas con fondos de la quiebra hasta la toma de posesión por parte del adquirente, en tanto que las generadas con posterioridad serán a cargo del comprador. El adquirente deberá transferir el dominio del automotor dentro de los veinte días de adquirido, bajo apercibimiento de darle de baja al automotor. EXHIBICIÓN: en la calle BESARES 2670, C.A.B.A. los días 25 y 26 de Abril de 15:00 a 17:00 hs. Para más datos consultar en el expediente. Buenos Aires, 4 de Abril de 2018. VALERIA PEREZ CASADO Juez - ADRIANA BRAVO SECRETARIA
e. 06/04/2018 N° 21540/18 v. 09/04/2018