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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial n° 4 cargo del Dr. HECTOR HUGO VITALE, Secretaría n° 8 a mi cargo sito en la Av. Roque Sáenz Peña 1211 piso 1 CABA, comunica por 2 días en los autos “MONZON AMELIA EVELINA S/QUIEBRA” CUIL 27-10085762-1 Expte. N° 18674/16 que el Martillero Público Nacional Juan Antonio Duhalde, CUIT 20-04103151-5 Monotributista, rematará el día 02/05/2019 a las 11,30hs en Jean Jaures 545 de esta Ciudad el 50 indiviso, propiedad de la fallida, al contado y al mejor postor el inmueble sito en Cervantes 116/118 Unidad Funcional n° 19, 5° B CABA, Circ. 1 Secc. 77 Manz. 14, Parcela 2, Matrícula 1-15610/19 (véase fs. 333). Según constatación efectuada Martillero actuante el inmueble consta de 1 Living Comedor, piso cerámico, l dormitorio, con vista amplia a ventanal, 1 baño con todos sus artefactos completos, lavatorio color blanco, bidet, inodoro, espejo todo azulejado color gris, piso cerámico. En buen estado de conservación. El departamento se halla ocupado por la Sra. AMELIA EVELINA MONZON DNI. 10.085.762 en su calidad de propietaria del 50 indiviso. La venta se realiza al contado, en efectivo, BASE U$S 16.400 en el acto de remate el comprador deberá abonar el 30 como seña, el 3 por comisión y el 0.25 sobre el precio de venta (CSJN): Arancel 10/99 y 24/00, el saldo de precio deberá ser depositado dentro de los diez días de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación alguna, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el cpr 580, aún cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta, queda prohibida la compra en comisión así como la ulterior cesión del boleto que se extienda, que de optarse por registrar el inmueble a través a de escritura pública, la totalidad de los gastos que irrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del comprador. Serán admitidas ofertas bajo sobre en los términos de la LCQ 212 y art. 162 del Reglamento para la Justicia Comercial hasta las 12hs del día hábil inmediato anterior a la fecha designada para la subasta. Que todo posible comprador adquirente que concurra al acto mediante poder otorgado por otra persona de existencia física o ideal deberá denunciarlo en forma precedente al comienzo del acto al Sr. Martillero y éste anunciar de vivía voz el nombre del poderdante a su inicio. Los impuestos, tasas y contribuciones especiales (de orden nacional, provincial y municipal devengados antes de la declaración de quiebra deberán ser verificados por sus acreedores en este procedimiento, los devengados entre la declaración de la quiebra y la fecha de la posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de la LCQ. 240 y los posteriores a la posesión, quedarán a cargo del adquirente. De existir deudas por expensas en caso de que los fondos que se obtengan no alcancen para hacer frente a ellas, el excedente quedará a cargo del comprador –conf.art. 8, 17 y 18 ley 13.512 (Com: B, 15/9/99 “Banco del Buen Ayre SA c/Abramovich Jorge s/Ejec“).En ambas situaciones se comparten los fundamentos plasmados en la doctrina del fallo plenario de la CCiv. Del 18/2/99, “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra R. s/Ejec. Hip.” Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, del decreto de subasta y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Deudas del Inmueble: ABL $ 16.799,49 al 04/04/19, Aysa $ 708,41 al 08/04/19, Expensas $ 2.413 Febrero 2019 al 08/04/19. Se cita a los herederos del condómino Héctor Ramón Vera (DNI 5.820.735). Días de exhibición 26 y 29 abril 2019 de 14 a 16 hs. Para mayor información concurrir a los estrados del Juzgado y al Martillero Interviniente. CABA, 16 de abril de 2019 Héctor Hugo Vitale Juez - Ignacio M. Galmarini Secretario
e. 17/04/2019 N° 25791/19 v. 22/04/2019