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Chalet en Mavinas Argentinas


Estado del remate

Vendido

Base
u$s 220.000,00
Precio de venta
U$S 220.000,00
Direccion
Circ. IV, Secc. C, Mza. 140, Parc. 12.
Localidad
Malvinas Argentinas
Partido
Malvinas Argentinas
Provincia
Buenos Aires
Estado de Ocupación
Ocupado

Datos del juicio

Juzgado
Juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Civil
Número
70
Secretaría
Unica
Dirección
Av. De Los Inmigrantes 1950 Piso Quinto
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Actor
CARRIL VALIÑA FRANCISCO CANDIDO
Demandado
TANCREDI JUAN ANTONIO
Juicio
s/EJECUCIÓN ESPECIAL LEY 24441
Expediente
90369/2002
Fuente de información
Boletin Oficial
Publicación
May 26, 2015

Datos del Martillero

Martillero
Vinelli, Ricardo Hernan
Teléfono Laboral
15-6307-4360
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Email

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Martillero
Vinelli, Ricardo Hernan
Teléfono Laboral
15-6307-4360
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
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Vinelli, Ricardo Hernan
Teléfono Laboral
15-6307-4360
Dirección
Localidad
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Datos del remate

Fecha y hora de remate
02/06/2015 14:45
Fecha de publicación
May 26, 2015
Lugar
Salon de Remates del Poder Judicial
Dirección
Jean Jaures 545
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Condiciones
Seña 30%, Comisión 3%, Sellado de Ley y Arancel 025%
Exhibición

Edicto

Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Civil 70 a cargo de Marta Susana M. Gastaldi, secretaría a mi cargo, sito en Av. De los Inmigrantes 1950, 5º piso de esta ciudad, comunica por dos días que en los autos: “CARRIL VALIÑA FRANCISCO CANDIDO c/ TANCREDI JUAN ANTONIO s/EJECUCIÓN ESPECIAL LEY 24441” (90369/2002), se dispuso la venta en pública subasta para el día 02/06/15 a las 11.45 hs. en la Oficina de Subastas Judiciales (Jean Jaures 545 de esta ciudad) por intermedio del martillero RICARDO HERNAN VINELLI, del bien ubicado en el Paraje San Carlos Country Club, lote doce, manzana ciento cuarenta, Nom. Cat.: Circ. IV, Secc. C, Mza. 140, Parc. 12. Matrícula 6558. Pdo. de Malvinas Argentinas, Prov. de Bs. As. Al contado y mejor postor. Según constatación del 6 de mayo de 2010 es un chalet con techos de tejas y revestimientos externos de piedra tipo Mar del Plata. Acceso a porch y puerta de entrada, se accede a living comedor con 4 ventanales al exterior con cortinas de enrollar, hogar a leña, pisos cerámicos. Toilette de recepción. Cocina con comedor diario y ventanal al jardín. Dormitorio ppal. con baño en suitte y placares, pisos cerámicos. Ventanal al jardín. Otro dormitorio en suite que se accede pasando por biblioteca con placard de pared a pared, baño completo con ante baño, cuenta con escritorio lindando con uno de los dormitorios. En entrepiso por escalera da a un altillo que sirve de depósito y por una puerta da a un pequeño escritorio.  En los fondos se encuentra gran parrilla con quincho. Lindando a la misma por una puerta se accede a pequeño depto. de huéspedes con dos dormitorios, baño completo y cocina.  Pisos de cerámica, techos de tejas francesas.  Perimetralmente cuenta con cerco vivo tupido y alto en un sector y en el otro cerco con cañas. Regular estado de conservación. Ocupado por Juan A. Tancredi en carácter de propietario y su familia. Sup. del terreno 1055 m2. Sup. cubierta 375 m2. Exhibición 28 y 29 de mayo de 2015 de 14 a 16 hs. Deudas: ARBA al 16/4/15: $ 134.254, 60; Municipalidad de Malvinas Argentinas al 3/3/15: Cert. 79734 ($ 21.643, 74) Cert. 80452 ($ 5.164, 79) Cert. 58602 ($ 8.405, 11) Cert. 84562 ($ 29.464, 26) Cert. de Deuda fs. 14 $ 21.441, 48, total reclamado: $ 86.119, 38; Expensas mensuales a mayo 2015: $ 5.754. Expensas desde junio de 2014 a mayo de 2015: $ 73.840, 18. Base: U$S 220.000. Seña 30%, comisión 3%, arancel acordada 10/99 CSJN 0, 25%, sellado boleto 1, 2%. La seña correspondiente puede ser pagada en la cantidad de pesos necesarios para su adquisición conforme la cotización al tipo vendedor que publique el BCRA el día del remate y, el saldo, al del día en cual deba ser integrado. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio de la CABA, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Cód. Procesal. De no alcanzar el producido de la subasta para hacer frente al pago de la deuda por expensas anterior a la toma de posesión por parte del adquirente, éste deberá efectivizarlo antes de la inscripción o escrituración del bien. En caso de que el monto obtenido en la subasta no alcanzare para afrontar el pago de las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, el adquirente sólo responderá por aquellos a partir de la fecha en que tomare posesión del bien. El saldo de precio deberá ser integrado conforme lo normado por el art. 580 del Cód. Procesal y para el caso que no se haga efectivo dentro de los 60 días corridos de practicada la subasta, el mismo -a partir del vencimiento de dicho plazo- devengará intereses y/o será pasible de adecuación por el mecanismo que resulte pertinente, todo ello a fin de asegurar la estabilidad de su poder adquisitivo.  No se admitirá la compra en comisión. Buenos Aires 21 de mayo de 2015. Marta Susana M. Gastaldi, juez. Nestor Adrian Bianchimani, secretario.
e. 26/05/2015 Nº 69875/15 v. 27/05/2015



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