Edicto
El Juzgado Nacional de 1º Inst. Civil 13, a cargo de la Dra. Celia Angeles Perez, secretaria única a mi cargo, sita en Av. De los Inmigrantes 1950 P5 CABA, comunica por dos (2) días, en autos “CONS DE PROP EDIFICIO PAXAPOGA AV EOLO 97 PINAMAR BS AS c/ ANTONINI ALICIA GRACIELA s/EJECUCION DE EXPENSAS” Exp 103434/12, que el Martillero Publico Javier San Sebastian, CUIT 20-13852788-4, Tel4373-7794, rematará el 1/12/15 a las 10:15hs en punto, en Oficina de Subastas Judiciales (Jean Jaures 545 CABA), el 50% indiviso propiedad de Alicia Graciela Antonini del inmueble sito en Av. Eolo s/n entre Del Odiseo y De las Odinas, NC Circ. IV, Secc. U, Mz 20, Parc 7, sub. 03-04, UF 16 – Polígono 03–04 de Pinamar, loc Pinamar, Prov. de Bs As, mat. 8.690/16. Es un depto de 3 amb de aprox 60 m2. Posee un living comedor con hogar y una ventana con orientación hacia el mar, una cocina y un pequeño lavadero con una ventana, luego se accede a un hall de distribución y de allí a un baño completo con ante baño, y a las dos habitaciones que tienen salida a un balcón corrido con orientación contraria al mar. Cuenta el edificio con provisión de agua corriente, gas, energía eléctrica y cloacas. En la entrada del edificio hay un cartel que dice “PAXAPOGA – Eolo 101”. Estado de conservación: bueno. Al momento de la constatación el inmueble se encontraba desocupado. La venta es al contado, en efectivo, al mejor postor, AD CORPUS, en el estado físico en que se encuentra. BASE:$ 400.000, SEÑA: 30%, COMISION: 3%, Arancel Acordada 10/99 del 0,25%, y sellado de ley todo a cargo del comprador. El saldo deberá depositarse dentro del 5° día de aprobado el remate bajo apercibimiento del Art. 580 CPCCN, en caso de no integrarlo oportunamente, devengará -a partir del vencimiento de dicho plazo- intereses, y/o será pasible de adecuación por el mecanismo que resulte pertinente. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento del Art 133 CPCCN. El adquirente no deberá afrontar las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlos, no cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes (conf. plenario Cám. Civ. “Servicios Eficientes S.A. c/ Yabra Roberto Isaac s/ ejecución hipotecaria”. No procede la compra en comisión ni la ulterior cesión del boleto de compraventa. No se autoriza la compra por mandato tácito, en los términos dispuestos por el art. 17 del Reglamento de la Oficina de Subastas (Resolución 60/2005, Consejo de la Magistratura). En caso de compra mediante poder, el martillero anunciará de forma inmediata y a viva voz el nombre del mandante. Adeuda: Muni Pinamar $ 1751,66 al 11/06/14 fs 183/93, ARBA $ 1900,60 al 26/06/14 fs 175/180, Coop Aguas y Luz Pinamar s/d al 11/8/14 fs 207/09, Expensas al 22/10/15 $ 75584,15 (Cap $ 47250 + int $ 28334,15), Expensa oct/15 $ 2000 a fs 387. Exhibición: 27/11/15 de 16 a 18hs y 28/11/15 de 10 a 12hs. El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en el diario “LA LEY”. Buenos Aires, 03 de noviembre de 2015. Celia Angeles Perez Juez - Dr. Diego Hernán Tachella Secretario e. 17/11/2015 N° 163849/15 v. 18/11/2015