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El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 20, Secretaria Nro. 40, de Capital Federal, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, 4to piso, CABA, comunica por 2 días en Boletin Oficial en autos caratulados “RAMIREZ AUGUSTO C/TACAM S.A. S/EJECUTIVO”, Expte. 25766/16, que el martillero Antonio Ernesto Pierri procederá a subastar el día 21 de Marzo de 2018 a las 11:45 hs. en punto en Jean Jaures 545, CABA, el siguiente bien: El 100% del inmueble ubicado en Av. Gral. Las Heras 2174/76, entre José E. Uriburu y Azcuénaga, Ciudad Autónoma de Buenos Ares, Unidad Funcional N° 62, ubicada en el piso 11, circ. 19, sec. 11, manzana 38, parcela 3D, matricula- 19-3048/62. Superficie total 51,37 m2, Porcentual 1,37%. Según constatación efectuada la unidad funcional Nº 62 se identifica con la letra “A” del piso 11º, y de trata de un departamento de una habitación (al aire y luz interno), 1 baño completo con bañera, living con balcón a la calle y parte del comedor se encuentra incorporado con el departamento “B”, pisos de parquet. (carece de servicio de gas). Todo en buen estado de uso y conservación. Ocupado por Leon Claudio Saiag, en calidad de conyuge del titular. Subastándose en el estado en que se encuentra en exhibición los días 19 y 20 de Marzo próximos, de 10 a 12 hs. Base: $ 1.408.000.- Al contado y al mejor postor. Seña 30%. No se admitirá la compra en comisión, ni por poder, ni la eventual cesión del boleto de compraventa. En caso de corresponder el pago del I.V.A. por la presente compraventa deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. El saldo de precio deberá integrarse en autos dentro del quinto día de la notificación ministerio legis del auto aprobatorio de la subasta, sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 580 del Código Procesal. La no integración oportuna del saldo de precio por causa imputable o no al adquirente o a su parte, hará devengar un interés equivalente al que fija el Banco de la Nación Argentina para las operaciones de descuentos de documentos comerciales (tasa activa) a partir de la fecha del remate. Ello sin perjuicio de la aplicación en su caso, de las sanciones contenidas en la normativa procedimental (art. 580 C.P.C.C.). Asimismo se hace saber que la integración del saldo de precio es requisito de audibilidad de cualquier planteo incidental que podrá introducirse como consecuencia de la enajenación forzosa por parte del eventual adquirente. Se recibirán posturas bajo sobre hasta las 10:00 horas del día anterior a la subasta, las que deberán reunir los requisitos del art. 162 del Reglamento del Fuero y serán abiertos por el Sr. Secretario con presencia del martillero y los interesados a las 12:30 horas del mismo día -anterior a la subasta-. Se hace saber a los oferentes que deberán consignar la carátula del expediente en la parte exterior del sobre; y que las ofertas deberán ser presentadas por duplicado, indicando el nombre del oferente, constituir domicilio en la jurisdicción del juzgado y acompañar el importe correspondiente a la seña fijada para la subasta, más el destinado a comisión y sellado -discriminándolo- lo que se cumplirá mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires –Sucursal Tribunales. Asimismo, se informa que para la presentación de la oferta no se requiere patrocinio letrado. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos; de la presente resolución y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. El adquirente deberá abonar el 0,25% sobre el precio de venta previsto por el art. 10 Reg. de la Oficina de Subastas Judiciales Res. 60/2005 Consejo de la Magistratura. En caso de corresponder el pago del IVA por la presente compraventa, deberá ser solventado por el comprador. Comisión 3% mas IVA, importe que deberá ser abonado por el comprador, al margen del precio de venta. El comprador deberá constituir domicilio en jurisdicción del Juzgado, bajo apercibimiento que las sucesivas providencias se tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del Código Procesal. Deudas: Expensas $ 71.078,98 ($ 57.327,15 de capital mas $ 13.751,82 de intereses), todo al 5/02/18, habiendo debido abonar por el mes de Enero/18 la suma de $ 3.439; ABL (fs. 93/4) $ 14.943,96 mas $ 1.903,90 al 13/07/17; AySA (fs. 115/6) por $ 18.178,48 al 10/08/17. Subasta sujeta a aprobación del Juzgado. Buenos Aires, a los 5 días del mes de marzo de 2018 Eduardo E. Malde Juez - Guillermo M. Pesaresi Secretario
e. 13/03/2018 N° 13983/18 v. 14/03/2018