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El Juzgado Nacional de 1ra Instancia en lo Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría Nº 4, a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, planta baja, Anexo, comunica por 2 días en autos “RAMOS, Juan Domingo s/QUIEBRA s/INCIDENTE DE VENTA N° 2 INSTITUTO DE VIVIENDA FUERZA AEREA”, Exp. 30.154/2012/2, que el Martillero JUAN A. FIORI (CUIT 20-04515748-3) subastará el 24 de Agosto del 2017, a las 11,30 horas, en el la sede de la calle Jean Jaures 545, de ésta Ciudad, el inmueble sito en la calle Roosevelt 3751 (entre el 3749 y el 3753), unidad 81, piso 12, depto “D” de esta Cuidad, matrícula 16-16842/81, Pda 3.527.299, N.C.; C. 16, S. 41, Mz. 2, P. 14. Sup. 63,46m2, porcentual 0,956%; el que se compone de living comedor, balcón, dos dormitorios con placard y alfombrados, baño completo, toilette, cocina y lavadero ocupado por el fallido y su familia en buen estado de uso y conservación. Esta venta se realiza AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR, BASE $ 1.473.780, SEÑA 30%, COMISION 3%, SELLADO Y ARANCEL (Acordada 24/00) 0,25%, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta, debiendo el comprador constituir domicilio en el lugar que corresponda al asiento del Juzgado; dentro del quinto día de aprobada la subasta –sin emplazamiento previo- deberán depositar judicialmente en el Bco. De la Cuidad de Buenos Aires, Sucursal Tribunales, a la orden del suscripto y en la cuenta de autos, el importe que corresponda a abonar al contado; bajo apercibimiento de decretarlo postor remiso con la consecuente pérdida de la seña depositada a favor del accionante. Se hace saber a los interesados que: las deudas por impuestos, tasas, contribuciones anteriores a la fecha de la quiebra, serán objeto de verificación en caso de así requerirlo los respectivos acreedores, las deudas por los mismos conceptos originadas entre el auto de quiebra y la fecha de posesión del inmueble por parte del comprador deben abonadas por la sindicatura como gastos del concurso (LCQ. 240) y, las deudas posteriores a esta fecha y los gastos para proceder al levantamiento de todos los embargos, inhibición y cancelación de hipoteca del bien adquirido se hallan a cargo del adquiriente. El pago del I.V.A. por la presente compraventa, no se encuentra incluido en el precio de venta y deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de subasta y depositarlo en el expediente. A fin de preservar la transparencia de la subasta ordenada en autos, decrétese la prohibición de “compra en comisión”, “cesión o transparencia del boleto de compra” y “compra bajo poder”. EXHIBICION: 21 y 22 de Agosto de 14,30 a 16,30 horas. Buenos Aires, 02 de agosto de 2017.- Fdo. HECTOR LUIS ROMERO. SECRETARIO. FERNANDO MARTIN PENNACCA Juez - HECTOR LUIS ROMERO SECRETARIO
e. 04/08/2017 N° 55415/17 v. 07/08/2017