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Inm. 2 Plantas c/ Local y Vivienda en


Estado del remate

Vendido

Base
$ 1.680.000,00
Precio de venta
$ 1.680.000,00
Direccion
Av. San Pedrito 538/540
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Estado de Ocupación
Ocupado

Datos del juicio

Juzgado
Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial
Número
13 Sec. 26
Secretaría
Dirección
4º piso
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Actor
TORRES, JOSE LUIS
Demandado
QUISPE BENAVIDES, DITTER
Juicio
s/ Ejecutivo
Expediente
22579/2011
Fuente de información
Boletin Oficial
Publicación
May 05, 2015

Datos del Martillero

Martillero
Baistrocchi, Armando A.
Teléfono Laboral
4326-6281/7894/8260
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Email

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Baistrocchi, Armando A.
Teléfono Laboral
4326-6281/7894/8260
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
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Baistrocchi, Armando A.
Teléfono Laboral
4326-6281/7894/8260
Dirección
Localidad
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Datos del remate

Fecha y hora de remate
03/06/2015 13:45
Fecha de publicación
May 05, 2015
Lugar
Salon de Remates del Poder Judicial
Dirección
Jean Jaures 545
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Condiciones
Seña 30% - Comision 3% - Arancel 0,25% y Sellado de Ley
Exhibición

Edicto

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial Nº 13 a cargo del Dr. Fernando J.  Perillo, Secretaría Nº 26 a mi cargo, sito en M. T.  de Alvear 1840 piso 4º C.A.B.A., comunica por 2 (dos) días en Boletín Oficial en autos “TORRES, JOSE LUIS c/QUISPE BENAVIDES, DITTER s/ EJECUTIVO (Expte. Nº 22579/2011 reservado) que el martillero Armando A. Baistrocchi (cuit 20-04548631-2), rematará el 3 de junio de 2015 a las 10,45 hs. (en punto) en la Dirección de Subastas Judiciales sito en Jean Jaurés 545 C.A.B.A., el 100% del siguiente inmueble: finca ubicada en la zona Sud de esta ciudad con frente a la Av. San Pedrito Nº 538/540 entre las calles Remedios y Tandil, edificado en el lote de terreno designado en el plano que indica su título con el Nº 33 de la manzana B cuyo terreno es parte de los conocidos por quintas de Silveyra,y mide 8,66 m. de frente al oeste por 42,34 m de fondo en el costado norte y 42,21 m. en el lado Sud, lindando por el frente al Oeste con la Av. San Pedrito, al Sud con el lote 32, al este con el lote 4 y al norte con el lote 34.- Nomenclatura Catastral: Circunscripción 5, Sección 48, Manzana 48, Parcela 13, matrícula FR 5-14328.- Partida inmobiliaria Nº 04-145054, propiedad del demandado Quispe Benavides, Ditter (DNI 92927616 – CUIT 20-92927616-8).- Según constatación de fecha 3 de junio de 2014 (fs. 179/180) y lo complementado por el martillero a fs. 181, se trata de un inmueble de considerable antigüedad desarrollado en planta baja y planta alta, con diversos ambientes destinados a locales con vivienda con cortinas metálicas en su frente con acceso desde la calle, y por pasillo lateral con puerta, desde la calle se accede a departamentos y/o ambientes adicionales varios interiores en planta baja y alta destinados a vivienda con dormitorios varios, cocinas y baños y patios con ventanales y en su fondo existe galpón de aprox. 55 m2 y ambiente de aprox. 40 m2 destinados a depósito y/o taller (ex destino taller confección de prendas) con piso de cemento y techo chapa fibrocemento y paredes de mampostería a los cuales también se accede también desde la calle por el pasillo mencionado.- El estado del inmueble en general es malo, con deterioros de diversa índole y falta de conservación (revoques caídos, techos, frente, humedades, reformas adicionales, etc.) aunque habitable en la actualidad, de acuerdo al amplio detalle que surge del mandamiento de constatación (fs. 179/180 y lo expuesto a fs. 181).- Se encuentra ocupado por el demandado Sr. Ditter Quispe Benavídes en calidad de propietario y demás familiares denunciados en el mandamiento de constatación.-El inmueble podrá ser visitado los días 28 y 29 de mayo de 2015 de 10 a 12 hs..- BASE: $ 1.680.000,--; al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo.- SEÑA 30%, COMISION 3% más IVA sobre la misma, 0,25% arancel acordada 10/99 CSJN y 1,2% de sellado C.A.B.A., todo en efectivo y en el acto de la subasta, debiendo el comprador en dicho acto entregar constancia de CUIT O CUIL. Y en caso de corresponder el pago del IVA por la presente compraventa, deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente.—Deudas: Fs. 259 ABL GCBA al 31/10/14 $ 15.581,34; fs. 248 AYSA al 29/10/14 $ 8.608,41.- El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del C.P.C.C.N.- Será inoponible cualquier incidente de todo tipo y naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago (depósito) oportuno de la integridad del precio de venta.- No se admite comprador en comisión y cesión de boleto de compraventa y deberá el adquirente materializar la traslación de dominio a su favor en un plazo no mayor a 30 días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes que se fija n en el 0,25% diario del valor de compra, debiendo informar al Tribunal su cumplimiento.- El comprador deberá hacerse cargo de las deudas por impuestos, tasas y contribuciones que pesen sobre el inmueble.- La asunción de estas obligaciones por el tercero, no será oponible a los acreedores y organismos recaudadores.- Se recibirán posturas bajo sobre hasta las 10 hs. del día anterior a la subasta, las que deberán reunir los requisitos del art. 162 del Reglamento del fuero y lo dispuesto a fs. 174 inc. 9 y serán abiertas por el Sr. Secretario con presencia del martillero y los interesados a las 12,30 hs. del mismo día.- Dentro de los 10 días corrientes de aprobada la subasta, el martillero deberá entregar la posesión al adquirente con independencia del estado de ocupación del inmueble, y a lo demás dispuesto en el inc. 11 de fs. 174.- Hácese saber al adquirente que a los fines de la confección del testimonio deberá dar estricto cumplimiento con lo dispuesto por el art. 94 del decreto 466/99 reglamentario de la ley 17801 respecto de los datos a incluirse en tal pieza.- La escrituración solo se cumplirá de ser requerida por el adquirente (art. 582 y 586 CPCC) por el escribano que el mismo proponga, en tanto venta es al contado.- Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros aún aquellos que pudieran estar a cargo de la parte vendedora, que tengan directa vinculación con la transferencia de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien, al levantamiento de medidas cautelares o cancelación de hipotecas, estarán a cargo exclusivamente del comprador.- Se hace saber a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de venta, deberán concurrir por secretaría a consultar las condiciones del expediente.-
Fernando J. Perillo, juez.
Julian Maidana, secretario.
e. 05/05/2015 Nº 31456/15 v. 06/05/2015



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