EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en la Civil N° 53, a cargo del Dr. Damián Esteban Ventura, Secretaría única, sito en Av. de los Inmigrantes 1950, Piso 6, C.A.B.A., comunica por dos días en los autos caratulados: “SAAL, JAIME ALEXIS c/ MIZRAHI, MOISES ALEJANDRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO” Expte 18236/2023. que la martillera Ana Verónica Salvatto (Cuit 27 -22991059-6), rematará el día 4 de Junio de 2025 a las 11:30hs, en punto, en la calle Jean Jaures N° 545, de esta Ciudad, el 50% indiviso del inmueble sito en el “Country Club el Venado” Partido de Esteban Echeverria, Provincia de Buenos Aires, Parcela UNO “a”, Fracción II y Parcela DOS “a”, Fracción III, matrícula 18009/110. Superficie Total 262,50m2. Sup. Cubierta Total 125,92. El inmueble en cuestión se encuentra construido sobre un terreno con una superficie total de 262,50 metros cuadrados, cuenta en planta baja con una cocina comedor con pisos cerámicos unos 8 x 8 aprox; Lavadero de unos 1,5 x 4m aprox; Quincho de unos 4 x3 m aprox, y baño de unos 1 x1,5 aprox.- En el fondo de la propiedad, cuenta con una pileta de natación de material de unos 8x 2,5 metros aprox.- Se deja constancia, que la propiedad se encuentra en regular estado de uso y conservación. OCUPADO - AD-CORPUS: BASE U$S 60.000,00. Exhibición: días 28 y 29 de Mayo de 2025 de 15:00 a 17:00hs. Venta al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo. Seña 30%. Comisión 3%, Arancel 0,25% (Acord. 24/00 CSJN) y el sellado de ley que corresponda. DEUDAS: A.R.B.A.: $ 155.880,60 al 22/05/24 (Deo del 22/05/24); Cons. Prop. Country Club El Venado $ 3.148.589,00 al 05/04/25 Expensa mes de 04/2025 $ 812.212,00; Aysa: $ 993.152,16 al 14/06/24 (fs. 91); Municipalidad de Esteban Echeverría: Sin deuda al 01/07/24 (fs. 97). Quien resulte comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en el art. 133 del Código Procesal. El adquirente, en caso de invocar un poder, deberá anunciar a viva voz el nombre del poderdante y asimismo que deberá efectivizar el pago del saldo de precio dentro del quinto día de aprobada la subasta, en los términos del art. 580 del CPCCN. No procede la venta en comisión, ni la ulterior cesión del boleto de compra-venta, ni la compra mediante poderes otorgados en la misma fecha de la subasta, por entender que se trataría de una compra en comisión encubierta. Asimismo, en atención a lo resuelto por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en el fallo plenario recaído en autos “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s /ejecución hipotecaria”, “no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas, sin perjuicio de que no cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la Ley 13.512”. El saldo de precio deberá ser integrado por el adquirente dentro del plazo de cinco días de aprobado el remate, bajo apercibimiento de ordenarse nueva subasta (conf., art. 580 del C. Procesal). Se hace saber que para concurrir a los remates el público deberá inscribirse previamente a través de la web del Alto Tribunal (http://www.csjn.gov.ar/) ingresando al link Oficina de Subastas - Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 Pb, Caba, con el formulario que indica el sitio aludido. Publíquense edictos por dos días en el “Boletín Oficial”. JUAN GABRIEL CHIRICHELLA SECRETARIO
e. 13/05/2025 N° 29535/25 v. 14/05/2025