Comienza: September 22, 2025 11:15
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 12 a cargo del Dr. Hernán Diego Papa, Secretaria N° 23 a cargo de la Dra. María Agustina Boyajian Rivas, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB de CABA, comunica por cinco días en los autos “BEDNARZ RICARDO S/ QUIEBRA” EXPTE. 89093/2004 que el 22 de Septiembre de 2025 a las 11.15 hs se realizará la subasta pública en el salón sito en calle Jean Jaures 545 de Cap. Federal por el Martillero Marcelo de Azcuénaga (CUIT 20-10546638) del 50% indiviso correspondiente al fallido del inmueble ubicado en Cnel. D. Apolinario Figueroa 152/154/156 Unidad Funcional N° 1 sito en PB y 1° piso entre Acoyte e Hidalgo de CABA. Nomenc. Catastral: Cir. 15; Secc. 47; Mza. 92; Parcela 6, U.F. 1; Partida: 228.137; Mat. FR 15-12882/1. Sup. Total: 166,16 m2. En el estado en que se encuentra, ocupado por su condómina e hija conforme constatación obrante en autos a fs. 770/772, al contado, al mejor postor y en dinero en efectivo, en el acto de remate y a cargo del comprador. BASE: U$S 60.000 SEÑA: 30%, COMISION: 3%, ARANCEL Acord. 10/99 CSJN 0,25%, SELLADO de Ley 1%. Las tasas, impuestos y contribuciones devengadas luego de la posesión del inmueble serán a cargo del adquirente. Las correspondientes hasta la fecha del decreto de quiebra deberán ser verificadas de conformidad con la normativa concursal. Y, aquellas devengadas entre el decreto de falencia y la posesión, quedan a cargo del concurso. El comprador, al suscribir el boleto pertinente deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado y declarará conocer el estado físico y jurídico del inmueble y se comprometerá, cualquiera sea el objeto de forma o fondo que se pudiera hacer a la venta, e ingresar el saldo de precio en término cumplimiento de todas las reglamentaciones de cualquier tipo que se refieran al inmueble. A la remoción de cualquier impedimento que obstaculice escrituración y sea ajeno a la quiebra. Hacerse cargo de todos los gastos que ocasione la escrituración se cualquier índole que sean. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la subasta, resolución que quedará notificada “ministerio legis”, art. 580 del Código Procesal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 584 del mismo cuerpo legal. Queda prohibida la compra en comisión o posterior cesión del boleto de compraventa. En el caso que el adquirente fuera quien eventualmente planteara la nulidad de la subasta. Para hacer uso de está facultad deberá integrar el saldo de precio a las resultas de su planteo nulificatorio. El impuesto sobre la venta de los inmuebles que establece el art. 7 de la Ley 23.905, será a cargo de los compradores, y no estarán incluidos en el precio y será retenido por el Escribano que otorgue la escritura traslativa del dominio. EXHIBICIÓN: se realizará los días 13, 15 y 16 de septiembre de 2025 de 8 a 11 hs en el inmueble citado. Para concurrir a los remates el público previamente deberá inscribirse a través de la web del Alto Tribunal (www.csjn.gov.ar) ingresando al link Oficina de Subastas -Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado con el formulario que indica el sitio aludido. En Buenos Aires, 2 de Septiembre de 2025. HERNÁN DIEGO PAPA Juez - MARÍA AGUSTINA BOYAJIAN RIVAS SECRETARIA
e. 04/09/2025 N° 64186/25 v. 10/09/2025