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El Juz.Nac.de 1° Ins.en lo Comercial n° 22 a cargo de la Dra. Margarita R.BRAGA, Secretaría n° 43 sito en M.T. de Alvear 1640 3° P de CABA, comunica por 2 días en los autos “Sociedad Española de Beneficencia s/Quiebra s/ Incidente de Venta Lavalleja 245/253”CABA, Expte.n° 100.344/2002/75 que el Martillero Público Alfredo Antonio Bruno, Cuit. 23-04154606-9 rematará el día 20 de febrero de 2019 a las 11,15hs en Jean Jaures 545 de esta Ciudad el 100% propiedad de la fallida (Cuit.n°.30-54587609-0) del inmueble sito en Lavalleja 245/253 piso 8vo. Letra D, CABA. N.C.Cir. 15, Sección 47, Manzana 185 Parcela 4B Matricula 15-5437/91 .Según constatación el inmueble consta de 1 ambiente-baño completo c/pileta, inodoro, pisos cerámico, cocina eurogas c/ bacha pileta acero inoxidable, placard, pisos parquet en ambiente y con vista a ventanales, luminoso, en buen estado de conservación. Superficie cubierta 22,11 m2. DESOCUPADO. La venta se realiza al contado, en efectivo, al mejor postor Ad-Corpus, en el estado físico y jurídico en que se encuentra: BASE U$S. 34.700.- -,Seña30%,comisión 3%,sellado de ley, Arancel 0.25% a cargo del Comprador (Acord. 10/99 CSJN). El precio de venta (seña y saldo de precio) deberá efectuarse en “dólar billete”. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Tribunal y el saldo de precio deberá depositarlo dentro del quinto día de aprobada la subasta en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Suc. Tribunales como perteneciente a los presentes obrados, sin necesidad de notificación ni intimación bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 580 CPCCN, aún si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Queda prohibida la adquisición en comisión y la cesión del boleto de compraventa. Serán admitidas ofertas bajo sobre hasta 2 días antes de la fecha designada para la subasta venciendo dicho plazo a las 11 horas de ese día. La Actuaria procederá a la apertura de sobres el día anterior a la Subasta a las 12 hs, en presencia del martillero y síndico. La oferta más alta servirá de base para la puja. El comprador en subasta deberá integrar el saldo del precio aún si se hubiera planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. Habiéndose ordenado publicitar debidamente la subasta para informar sobre sobre la ubicación del inmueble, medidas y demás datos catastrales, no se admitirán reclamos sobre su estado físico o jurídico. Los gastos que por cualquier tipo irrogue la toma de posesión del inmueble y su escrituración, como así también el desmontaje y retiro de objetos extraños que pudiera haber en dicho lugar correrá por cuenta y riesgos del adquirente, sin asumir la quiebra responsabilidad alguna. Las deudas posteriores a la toma de posesión del inmueble a subastar se encuentran a cargo del adquirente, las deudas anteriores deben ser materia de reclamo en autos por vía verificatoria (las devengadas hasta la decisión de quiebra de la deudora) y las originadas entre dicha fecha y la de posesión por el adquirente gozan de la preferencia del art. 240 LC, con el alcance que fija el art. 244 de la ley citada. Se hará entrega del inmueble al adquirente dentro del décimo día de haber abonado el saldo de precio. Vencido dicho plazo, la quiebra no se hará cargo de ningún gasto, impuesto, gravamen, tasa, etc. ocurridos desde esa fecha. Exhibición: 14 y 15 y 18 Febrero de 2019 de 10 a 13 hs.-. Para mayor información concurrir a los estrados del Juzgado, al Martillero Tel. 1563704566. Buenos Aires, 28 de Diciembre de2018.- fdo.Mariana Macedo Albornoz. Secretaria MARGARITA R. BRAGA Juez - MARIANA MACEDO ALBORNOZ SECRETARIA
e. 14/01/2019 N° 1923/19 v. 15/01/2019