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Inmueble 2012 m2 en Ituzaingo


Estado del remate

PRÓXIMO

Comienza: November 07, 2025 11:00

Estado:
VIGENTE
Base
U$S 240.000,00
Direccion
calle de los Recuerdos entre Payadores y Tradición
Localidad
Ituzaingo
Partido
Ituzaingo
Provincia
Buenos Aires
Estado de Ocupación
Ocupado

Datos del juicio

Demandado
Taj Rosa y GNIP Raquel
Juicio
s/Sucesión Ab-Intestato
Expediente
48766
Fuente de información
Boletin Oficial
Publicación
October 21, 2025

Datos del Martillero

Martillero
Grillo , Nicolas Cruz
Teléfono Laboral
Dirección
Localidad
La Plata

Email
Estiugrillonicolas@fepba.gov.ar.

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Datos del remate

Tipo de remate
ELECTRÓNICO
El enlace estará disponible próximamente
Fecha y hora de remate
November 07, 2025 11:00
Fecha y hora de finalización
November 24, 2025 11:00
Fecha límite de inscripción
November 04, 2025 11:00 Cerrada
Fecha de publicación
October 21, 2025
Fecha de audiencia
December 29, 2025 10:00
Lugar
Subasta Electronica
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Condiciones
Exhibición
29/10/2025
de 11:00hs. a 12:00hs.

Edicto

POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1 de Morón, Expediente N° 48766, Departamento
Judicial Morón, autos: "Taj Rosa y GNIP Raquel s/Sucesión Ab Intestato", hace saber que, mediante el proceso de subasta
electrónica se rematará el 100 % de un inmueble, consistente en un lote de terreno, sito sobre calle de los Recuerdos entre
Payadores y Tradición, de la localidad de Ituzaingó, barrio "Parque Leloir", partido de Ituzaingó. Medidas (s/título) 40 m. de
frente por 50,30 m. de fondo. Superficie: 2012 m2. Nomenclatura catastral: Circunscripción IV; Sección M; Quinta 7;
Manzana 7b; Parcela 10; Partido de Ituzaingó (136). Partida 17.324 (136). Matrícula 22.203/136. La Fiscalía de Estado,
como tal, se encuentra exenta del pago de impuestos municipales y provinciales de conformidad con lo normado por el
artículo 16 de la ley 7.322, y dejándose constancia que las mismas lo serán en forma electrónica en los términos
dispuestos por la normativa citada y Acs. SCBA 3604/12, 3864/17, 3875/17 y art. 5 de la Res. 289/19 SCBA. Se deja

constancia que el mismo se vende desocupado. Títulos en autos. Seña: 15 %, Comisión del martillero: 3 %, con más el 10
% de los mismos en concepto de aportes a cargo del comprador, anticipo de sellado: 0,6 % comprador. Libre de todo
gravamen, impuestos, tasas y contribuciones hasta la toma de posesión del adquirente. Base: primer tramo de puja en la
suma de U$S 240.000 dólares estadounidenses, incrementándose en un 5 % cada uno de ellos (es decir en la suma de
U$S 12.000). Garantía de oferta: para participar se deberá depositar en concepto de garantía el 5 % de la base, esto es la
suma de U$S 12.000, dicho depósito deberá realizarse en la cuenta judicial consignada en el cuerpo del edicto con una
antelación no menor a tres días de la fecha establecida para el inicio del remate digital.-. Todos los depósitos se efectuarán
en la cuenta de autos, Banco de la Provincia de Buenos Aires; CBU 0140030428509850272390; Sucursal: (5098) Morón;
Cuenta judicial en dólares: 5098-5027239; CUIT Poder Judicial 30-70721665-0. Cronograma de exhibición: el día
29/10/2025 de 11:00 a 12:00 horas, y de forma virtual en la página de subastas judiciales. Duración del acto diez días
hábiles, acreditación de postores hasta las 11:00 horas del día 04/11/2025. INICIO DEL MISMO EL 07/11/2025 A LAS
11:00 HORAS, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas,
FINALIZANDO EL DÍA 24/11/2025 A LAS 11:00 HORAS, sin perjuicio de lo previsto en el art. 42 del Ac. 3604/2012 -
"extensión por 10 minutos previos al cierre de la subasta si algún postor oferta un precio más alto, el tiempo para el cierre
de ésta se ampliará automáticamente 3 minutos más"-. Fíjese audiencia de Adjudicación para el día 29/12/2025 a las 10:00
horas, a la cual deberán comparecer el martillero y el adjudicatario muñido del formulario de inscripción a la subasta,
comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de código de postor, y demás instrumentos que permitan su
individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. En el mismo acto, constituirá domicilio dentro del
radio del Juzgado a los efectos legales pertinentes. Deberá acreditar el depósito correspondiente al 15 % del precio de
compra en concepto de seña, 3 % comisión del martillero con más aportes (10 % sobre honorarios) y comprobante del
pago del impuesto de sellos correspondiente (0,6 %). Déjese aclarado que el adquirente deberá efectuar la deducción del
monto depositado en concepto de depósito en garantía a la hora de abonar el 15 % de la seña. Saldo de precio: deberá ser
abonado dentro del plazo de 20 días hábiles para depositar el saldo de precio a partir de la celebracion de la audiencia de
adjudicaciòn, que será notificada en la dirección electrónica, bajo apercibimiento de considerarlo postor remiso. En los
términos del artículo 21 de la Acordada 3604 de la SCBA, autorizase la compra en comisión (art. 582 del CPCC), no
encontrándose permitida la cesión del acta de adjudicación y/o la eventual cesión del acta de adjudicación y/o de los
derechos que de esta derivan. El adquirente se hará cargo de la constitución del Catastro Parcelario del citado bien. Deuda
existente: ARBA $3.572.546, 60. Tasas municipales: $1.779.868,04. Registra juicios apremio AYSA: $435125,77. Martillero
interviniente: Nicolas Cruz Grillo Estiu, Colegiado 6457 L XII F37, Fiscalía de Estado, con domicilio legal constituido en
avenida 1 Nº 1342 piso 5° de La Plata, y domicilio electrónico grillonicolas@fepba.gov.ar. La subasta electrónica se
encuentra reglamentada por la Acordada 3604/12 de la SCBA y sus modificatorias, encontrándose publicada en la página
de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos aires (www.scba.gov.ar). Morón, octubre de 2025. Juzgado Civil
y Comercial N°1. El presente edicto deberá publicarse por tres (3) días en el Boletín Oficial y en el diario "Anticipos" de esta
ciudad. Se deja constancia que, a efectos de su diligenciamiento, los presentes se encuentran exentos del pago de
aranceles, tasas y otros gastos, en virtud de lo dispuesto por el artículo 259, 2° párrafo, apartado" A" del Código Fiscal.

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