Comienza: November 25, 2025 11:00
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 del Depto. Judicial Morón, hace saber por 3
días en los autos "Dalbert Romina Andrea. s/Incidente Quiebra (Pequeña) s/Inc. Realización de Bienes exp. MO2672-
2021", que el Martillero Roberto Máximo Marti, Col. 1659CMM, monotributista, subastará en forma electrónica el 100 % del
inmueble ubicado en ciudad de Pinamar, pdo. de Pinamar, pcia de Bs.As., calle Los Escualos N° 1090, U.F. 6,
nomenclatura. catastral circ. IV, sec. V, mza. 27, parc. 3A, subparc. 6, departamento N° 6, pol 00-06 y 01-06, matrícula
15834/6, pda.inmob.124-036835-4. Base $64.000.000., Seña 20 %, depósito de garantía 5 % de la base respectiva,
comisión 5 % cada parte más 10 % aportes. INICIANDO LA PUJA EL DÍA 25/11/2025 A LAS 11:00 HS. Y FINALIZANDO
EL DÍA 09/12/2025 A LAS 11:00 HS. Exhibición: 08/11/2025 de 15 a 16 hs. 09/11/2025 de 11 a 12 hs. Quien se postule
como oferente en la subasta, para poder adquirir la calidad de tal, deberán resultar inscriptos en el Registro General de
Subastas Judiciales con una antelación minima de tres (3) días hábiles a la fecha de iniciación de la subasta conforme art.
24, Anexo I, Ac.SCBA 3604/12, asimismo, deberá depositar en la cuenta de autos una suma equivalente al 5 % del valor de
la base de subasta fijada que asciende a la suma de $3.200.000- (art. 562 del CPCC), dicho depósito deberá realizarse en
la Cta. Judicial 5098-8476162, CBU 0140030427509884761623 del Banco de la Pcia. de Bs. As., Suc. Morón (5098) con al
menos 3 días hábiles a la fecha de iniciación del remate digital. Deudas: Municipal al 06/05/2025 $886.451,39, Arba al
05/05/2025 $ 38.877,20, Cooperativa de Agua y Luz Pinamar Ltda. no registra deuda. Expensas $446.935,06 al
11/10/2025. El adquirente en subasta no deberá afrontar las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y
contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para
solventarlos. Quien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las sumas consignadas en los presentes autos,
una vez que se realice la audiencia de adjudicación, dichas sumas, no podrán ser gravadas por impuestos o tasa alguna
(art. 562 del CPCC). El acta de adjudicacion, que se establece para el dia 19/12/2025 a las 11:00 hs. Celebrada la
audiencia de adjudicación, se procederá a la devolución del deposito de garantía, sin retención ni gravamen alguno de
aquellos que hicieron reserva de postura. Se hace saber que la audiencia se realizara en forma semi remota mediante la
aplicación MS Teams, debiendo las partes y abogado asistir de forma remota. Quienes resultaren ser los mejores postores
de la subasta ordenada en autos y el enajenador designado en autos deberán concurrir personalmente a la sede del
Juzgado (Ac. 480/20 de la SCJBA y concordantes), debiendo comparecer en estrados del Juzgado, el adjudicatario con el
formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de código de postor, y
demás instrumentos que permitan su individualización como comprador en subasta, debera constituir domicilio legal en los
términos del art. 40 del CPCC bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 41 del
Ordenamiento Ritual), en dicha audiencia, el/los vencedor/es deberán adjuntar los comprobantes de pago de la seña,
equivalente al veinte por ciento (20 %) del monto que resultare vencedor y el cinco por ciento (5 %) en concepto de
honorarios profesionales del enajenador (con mas el 10 % en concepto de aportes previsionales), no pudiendo computarse
dentro de esas sumas, las dadas en concepto de depósito en garantía. La documentacion aquí ordenada deberá asimismo
encontrarse remitida electrónicamente por el interesado para el momento que se inicie la audiencia. Finalizada la audiencia
de adjudicación, el adquirente tendrá un plazo de 20 dias hábiles para depositar el saldo de precio en el Banco de la Pcia.
de Bs. As. suc. Tribunales y a la orden del Juez y a cuenta de autos (art. 38 del Ac. 3604/12 de la SCBA) se expedirá copia
certificada del acta labrada por Secretaría, la que será entregada al adjudicatario. Podra requerir su indisponibilidad hasta
que se le otorgue la escritura correspondiente, o se inscriba el bien a su nombre cuando se hubiere prescindido de aquella,
salvo que la realización de estos tramites le fuere imputable. La indisponibilidad no regira respecto de los gastos de
escrituración y pago de impuestos - art. 581 del CPCC. Se encuentra permitida la compra en comisión y la cesión del acta
de adjudicación, en los términos y la forma prescriptos por los arts.1616, 1618 y concordantes del C.C.y C. Si no alcanzare
el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso y se ordenare un nuevo remate, este ultimo perderá todos los
importes depositados y será responsable de la disminución del precio que se obtuviere en las eventual segunda subasta,
de los intereses acreecidos y las costas causadas por este motivo (art. 585, CPCC). En caso de existir más de un postor, y
habiéndose declarado al vencedor como “postor remiso”, se considerará vencedor al postor que hubiese realizado la
segunda mejor oferta -siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura-. En este caso, se lo
llamará a ratificarla dentro del plazo del quinto día de notificado, siempre que la misma sea igual o superior al noventa y
cinco por ciento (95 %) de la oferta primera. En caso de ratificación de la oferta, continuará con el procedimiento previsto en
el punto séptimo del auto de subasta; caso contrario se seguirá el procedimiento descripto hasta que alguno de los
oferentes ratifique su oferta, publíquese por 3 días en Boletin Oficial de la Pcia. de Bs. As. sin previo pago y diario El
Cóndor de Morón. Informes martillero actuante, tel. 1151124282. Morón 16/10/2025. María Ángeles Pasto, Auxiliar Letrada.