Comienza: 19 de octubre de 2026 11:00
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 9 del Depto. Judicial Morón, hace saber por 3
días en los autos "Dalbert Romina Andrea. s/Incidente Quiebra (Pequeña) s/Inc. Realización de Bienes" exp. MO2672-
2021, que el martillero Roberto Máximo Marti, Col. 1659CMM, monotributista, subastará en forma electrónica el 100 % del
inmueble ubicado en ciudad de Pinamar, pdo. de Pinamar, pcia de Bs. As., calle Los Escualos N° 1090, UF 6,
nomenclatura catastral circ. IV, sec. V, mza. 27, parc. 3A, subparc. 6, departamento N° 6, pol 00-06 y 01-06, matrícula
15834/6, pda. inmob. 124-036835-4. Base $73.334.000., Seña 20 %, deposito de garantía 5 % de la base respectiva,
comisión 5 % cada parte mas 10 % aportes. INICIANDO LA PUJA EL DÍA 19/10/2026 A LAS 11:00 HS. Y FINALIZANDO
EL DÍA 30/10/2026 A LAS 11:00 HS. Exhibición: 03/10/2026 de 11 a 12 hs. y 04/10/2026 de 14:30 a 15:30 hs. Quien se
postule como oferente en la subasta, para poder adquirir la calidad de tal, deberán resultar inscriptos en el Registro General
de Subastas Judiciales con una antelación minima de tres (3) días hábiles a la fecha de iniciación de la subasta conforme
art. 24, Anexo I, Ac. SCBA 3604/12, asimismo, deberá depositar en la cuenta de autos una suma equivalente al 5 % del
valor de la base de subasta fijada que asciende a la suma de $3.666.700- (art. 562 del CPCC), dicho depósito debera
realizarse en la Cta. Judicial 5098-8476162, CBU 0140030427509884761623 del Banco de la Pcia. de Bs. As., Suc. Morón
(5098) con al menos 3 días hábiles a la fecha de iniciación del remate digital. Deudas: Municipal al 15/07/2026
$2.173.588,89, Arba al 01/07/2026 $67.610,20, CALP Pinamar ltda $666.110,47 al mes de junio 2026. Expensas
$1.689.285,02 al mes de julio de 2026. El adquirente en subasta no deberá afrontar las deudas que registra el inmueble por
impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no
alcance para solventarlos. Quien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las sumas consignadas en los
presentes autos, una vez que se realice la audiencia de adjudicación, dichas sumas, no podrán ser gravadas por impuestos
o tasa alguna (art. 562 del CPCC). El acta de adjudicación, que se establece para el dia 20/11/2026 a las 11:00 hs.
Celebrada la audiencia de adjudicación, se procederá a la devolución del depósito de garantía, sin retención ni gravamen
alguno de aquellos que hicieron reserva de postura. Se hace saber que la audiencia se realizara en forma semi remota
mediante la aplicación MS Teams, debiendo las partes y abogado asistir de forma remota. Quienes resultaren ser los
mejores postores de la subasta ordenada en autos y el enajenador designado en autos deberán concurrir personalmente a
la sede del Juzgado (Ac. 480/20 de la SCJBA y concordantes), debiendo comparecer en estrados del Juzgado, el
adjudicatario con el formulario de inscripción a la subasta, comprobante de pago del depósito en garantía, constancia de
código de postor, y demás instrumentos que permitan su individualización como comprador en subasta, debera constituir
domicilio legal en los términos del art. 40 del CPCC bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del
Juzgado (art. 41 del Ordenamiento Ritual), en dicha audiencia, el/los vencedor/es deberán adjuntar los comprobantes de
pago de la seña, equivalente al veinte por ciento (20 %) del monto que resultare vencedor y el cinco por ciento (5 %) en
concepto de honorarios profesionales del enajenador (con mas el 10 % en concepto de aportes previsionales), no pudiendo
computarse dentro de esas sumas, las dadas en concepto de deposito en garantía. La documentacion aquí ordenada
deberá asimismo encontrarse remitida electrónicamente por el interesado para el momento que se inicie la audiencia.
Finalizada la audiencia de adjudicación, el adquirente tendrá un plazo de 20 dias hábiles para depositar el saldo de precio
en el Banco de la Pcia. de Bs. As. suc. Tribunales y a la orden del Juez y a cuenta de autos (art. 38 del Ac. 3604/12 de la
SCBA) se expedirá copia certificada del acta labrada por Secretaría, la que será entregada al adjudicatario. Podrá requerir
su indisponibilidad hasta que se le otorgue la escritura correspondiente, o se inscriba el bien a su nombre cuando se
hubiere prescindido de aquella, salvo que la realización de estos tramites le fuere imputable. La indisponibilidad no regira
respecto de los gastos de escrituración y pago de impuestos - art. 581 del CPCC. Se encuentra permitida la compra en
comisión y la cesión del acta de adjudicación, en los términos y la forma prescriptos por los arts. 1616, 1618 y
concordantes del CCyC. Si no alcanzare el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso y se ordenare un
nuevo remate, este ultimo perderá todos los importes depositados y será responsable de la disminución del precio que se
obtuviere en las eventual segunda subasta, de los intereses acreecidos y las costas causadas por este motivo (art. 585,
CPCC). En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al vencedor como “postor remiso”, se considerará
vencedor al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta -siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura-. En este caso, se lo llamará a ratificarla dentro del plazo del quinto día de notificado, siempre que la
misma sea igual o superior al noventa y cinco por ciento (95 %) de la oferta primera. En caso de ratificación de la oferta,
continuará con el procedimiento previsto en el punto séptimo del auto de subasta; caso contrario se seguirá el
procedimiento descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta, publíquese por 3 días en Boletin Oficial de la
Pcia. de Bs. As. sin previo pago y diario El Cóndor de Morón, Informes martillero actuante, tel.1151124282. Morón
08/09/2026. Fdo. Maria Angeles Pasto, Auxiliar Letrada.
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