Comienza: 26 de junio de 2026 10:00
Juz. Civil y Com. N° 3 de Dolores hace saber en Autos: “Giraudo Oscar c/Fracchi Juan s/Ejecución de
Sentencia” Exp. 70.109, que. Daniel F. Manganiello rematará por el sistema de subasta electrónica en el estado material
que se encuentra el 100 % del siguiente bien: ubicado en Dorado N° 1622 de Pinamar. Nomenclatura catastral es; Circ. IV;
Secc. V; Mza 97; Parc. 6° Mat. 27528. Partida inmobiliaria N° 124-31.580. Subasta: Publicación Virtual 15/06/2026.
Acreditación Postores: 23/06/2026 hs.10. INICIA SUBASTA 26/06/2026 HS. 10. FINALIZA: 13/07/2026 HS. 10. Exhibición
del inmueble: 19/06/2026 de 11 a 12 hs. Base: $132.525.000. Seña 10 %. Depósito de garantía: $6.626.250. Deberán
depositarla en el Bco. Prov. de Bs. As, Suc. Dolores cuenta N° 534032/3, CBU N° 0140303727694953403235, con una
antelación mínima de 3 días a la fecha de iniciación de la subasta. La audiencia: firma del acta el 10/08/2026 a las 10 hs.
Honorarios 4 % con más el 10 % de ap. prev. a/c comprador e IVA. Saldo de Precio: dentro de los 5 días de aprobado el
remate, deduciéndose el depósito de garantía, bajo apercibimiento de declararse postor remiso. Deberán estar inscriptos en
Registro de Subastas Judiciales, como usuarios del sistema. Se permite la cesión del acta de compra y adquirir en
comisión: debiendo indicar nombre de comitente en subasta, quien deberá estar inscripto, y ratificarse por escrito de
comisionista y comitente en mismo plazo de saldo de precio. Está prohibida la cesión del Acta de Adjudicación. En caso de
ser declarado postor remiso se ordenare un nuevo remate, este último perderá todos los importes depositados y será
responsable de la disminución de precio que se obtuviere en la eventual segunda subasta, de los intereses acrecidos y las
costas causadas por ese motivo (art. 585 del CPCC). En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al
vencedor en la puja como "postor remiso", se considerará vencedor, al postor que hubiese realizado la segunda mejor
oferta -siempre que el mismo haya realizado la correspondiente reserva de postura-, a quien se llamará a ratificarla,
siempre que la misma sea igual o superior al noventa y cinco por ciento (95 %) de la oferta primera. A cuyo fin se señalará
una nueva fecha de audiencia para la adjudicación y pago de saldo de precio. En caso contrario se seguirá el procedimiento
aquí descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta. Constatación: El bien se encuentra ocupado por el la
señora Sosa Santa Pabla, DNI 10.127.408 quien manifiesta ser propietaria. Bien en perfecto estado. De Urquiza Damasia,
Auxiliar Letrado.
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