Comienza: 09 de septiembre de 2026 11:00
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de Tres Arroyos Departamento Judicial Bahía
Blanca hace saber en autos "Banco de La Pampa c/Cura Mario Osvaldo y Otra s/Ejecución Hipotecaria" Expte. 29003 que
la Martillera Sonia Noemí Gamero inscripta al T° M 111 F° V, T° C 37 F° VI, de la matrícula del Colegio de Martilleros y
Corredores Públicos del Departamento Judicial Bahía Blanca, subastará electrónicamente. El inmueble titularidad de Juana
Chirino, DNI 13089036, en las condiciones de dominio que surgen del informe agregado en 10/10/2023, ubicado en Calle
Jacobo Fidersek S/N° entre calle España y Moreno de la ciudad de San Cayetano, cuya Nomenclatura Catastral es:
Circunscripción I, Sección B, Quinta 37, Parcela 2-E, Partida 8311, Matrícula 4.952 (116) del partido de San Cayetano, de
contado, al mejor postor, en el estado material en que se encuentra (arts. arts. 566 sstes. y cctes. del CPCC). Ocupado por
Princesa Dimitri y familia. Subasta: comenzar EL DÍA 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026 A LAS 11:00 HS. Y FINALIZAR EL DÍA
23 DE SEPTIEMBRE DE 2026 A LAS 11:00 HS. Fecha de exhibición día 28 de agosto de 2026 de 11:30 hs. a 14:00 hs.
Precio de reserva, monto por debajo del cual no se podrá ofertar (art. 562, 6° párrafo, del CPCC), que en el caso asciende
a la suma de Pesos Tres Millones Quinientos Cincuenta y Dos Mil ($3.552.000). Las sumas dentro de las cuales pueden
ofrecer los postores estarán determinadas por un cuadro de tramos de pujas numerado correlativamente, correspondiendo
a cada uno de ellos un monto concreto. La primera oferta es igual al precio de reserva. Los tramos subsiguientes se
incrementarán en un 5 % de la primera oferta (arts. 31, 32 y 33 Ac. 3604/12). Depósito en garantía: Todo oferente que haya
cumplido con la inscripción general como postor en el RGSJ y desee participar, en particular, de la presente subasta, deber
efectivizar un depósito en garantía mediante cualquier medio de pago disponible que haga ingresar el dinero en la Cuenta
Judicial N° 027-515957/8, CBU 01403341-276205 51595784, a los fines del depósito en garantía abierta a nombre del
suscripto y como perteneciente a estos autos se fija el monto en la suma de Pesos Ciento Setenta y Siete Mil Seiscientos
($177.600) y que no ser gravado por impuesto o tasa alguna, con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo
de celebración del remate. Cumplido este recaudo, se generar a favor del interesado el Código de Postor necesario a los
fines de validar su inscripción en el remate aquí ordenado (art. 562, 4° párrafo, 575 del CPC art. 22 y 37 Ac. 3604 y Ac.
3731). El depósito ser reintegrado a los oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante oficio a
confeccionar en el Juzgado, dirigido al Banco de depósitos judiciales, comunicando el listado de aquellos, para que desde
allÌ se transfiera desde la cuenta de autos a la cuenta de origen o denunciada por cada uno, dicho depósito. Salvo aquellos
oferentes que hubieran hecho reserva de postura, a los que le ser devuelta sólo si lo piden (art. 585 2° párrafo del CPCC;
art. 39 Ac. 3604/12). Previamente, deber contarse en la sede del Juzgado con el informe remitido por el RGSJ -art. 37 Ac.
3604- y el acta del martillero - art. 36 Ac. 3604- Adjudicación: El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor
oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo
electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal.- Seña: Al
momento de la celebración del acta de adjudicación, el adquirente en subasta deberá acreditar el cumplimiento del
depósito/transferencia efectuado a la cuenta de autos, en concepto de seña, que será por el equivalente al 20 % del precio
de compra del bien (conf. art. 575 CPCC). Déjese constancia que la suma referida no podrá ser integrada con el 5% dado
en concepto de Depósito en Garantía. Comisión del Martillero a cargo del Comprador: facúltese al martillero a exigir el 3 %
de comisión con más el 10 % de aportes previsionales, que deberán encontrarse cumplidos como requisito necesario al
momento de celebrarse el acta de adjudicación pertinente (arts. 54, 55, 71 y cctes. Ley 10.973). Integración de saldo de
precio: Aprobada la subasta, se intimará al adjudicatario mediante cédula en su domicilio constituido - o bien pudiendo
quedar notificado en el momento de celebración de la audiencia de adjudicación si se encontraran cumplidos los recaudos
para aprobar el remate -, para que en el plazo estipulado por el art. 581 del CPCC, acredite el depósito/transferencia de
saldo de precio a la cuenta judicial de autos, computándose a cuenta de pago el 5 % abonado en concepto de depósito en
garantía. Postor remiso: En caso de incumplimiento del pago del precio por parte del adquiriente en la subasta, éste incurre
en situación de postor remiso, debiéndose adjudicar el bien subastado, con el fin de evitar que fracase la subasta, al mejor
de los postores siguientes conforme a las alternativas previstas en el marco legal de referencia (art. 585 CPCC; arts. 21, 40
Ac. 3604/12). Audiencia de adjudicación: día 15 de octubre de 2026 a las 11 hs. (conf. arts. 38 Anexo I Ac. 3604/18, en sede
del Juzgado, asistirá únicamente el adjudicatario que debe presentarse a dicha audiencia munido del formulario de
inscripción a la subasta de que se trate, comprobante de pago del depósito en garantía, de la seña, constancia de código
de postor, y demás instrumentos que permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica.
En el mismo acto, constituirá domicilio legal a los efectos pertinentes (art. 580 CPCC) y se hace saber que la audiencia de
adjudicación en subasta fijada, se ha de desarrollar de manera parcialmente remota, mediante el uso de la plataforma
Microsoft Teams. Asimismo, podrán intervenir en el acto el ejecutado y el acreedor ejecutante. El Acta de Adjudicación es
cedible: en todo conforme a lo dispuesto por el Libro 3, Título 4, Capítulo 26 y cctes. del Código Civil y Comercial de la
Nación.- Inscripción Registral: El comprador podrá optar por la inscripción directa del dominio conforme lo dispuesto por el
art. 581 del CPCC, o designar escribano, en cuyo caso las erogaciones que ello irrogare, serán a su exclusivo cargo.
Impuestos: Los impuestos, tasas y contribuciones que corresponda (nacionales y provinciales) al bien subastado, serán
soportados en su caso con el precio de la venta, hasta la toma de posesión por parte del comprador (arts. 3879 inc. 1° y
3900 Cód. Civ.), acto que no podrá superar los seis meses desde el pago del precio Superado dicho lapso, correrán los que
se devenguen por cuenta del comprador (art. 34 inc. 5° del CPCC). Compra en Comisión: En caso de pujar en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente al momento de inscribirse como postor en la subasta decretada por el presente
acto, debiendo ambos estar previamente inscriptos en el RSJD, (art. 582 CPCC y art. 21 3er paff. Ac. 3604 SCBA). En su
caso, deberá ratificarse lo actuado, mediante escrito suscripto por ambas partes (comisionista y comitente), en el plazo de
cinco días de celebrada el acta de adjudicación correspondiente (conf. art. 581 CPCC). En su defecto, se lo tendrá al
comisionista por adjudicatario definitivo. Tres Arroyos 8 de mayo de 2026. Tufari Juan Carlos,Juez. Dra. Mariana C. Druetta,
Secretaría.
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