Comienza: 03 de septiembre de 2026 10:00
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 10 del Departamento Judicial de San Martín, a
cargo de la Dra. Elina Mercedes Fernández, pone en conocimiento en los autos caratulados "Jaureguiberry Marcela Adriana
c/Ceballos Alicia Gregoria s/Ejecución Hipotecaria" - Exp. 60539, la subasta ordenada mediante la modalidad electrónica, al
contado y al mejor postor, del 100 % del bien inmueble, sito en la calle: Santo Domingo N° 1729 entre calles Hector Arregui
y Cramer de la localidad de Tortuguitas, Pcia de Buenos Aires, cuya Nomenclatura Catastral C. III; Secc.J; Mza. 15a; Pa.
21; Matr. 1521, Partida 11997, del partido de José C. Paz. (132). Por intermedio del martillero Omar Augusto Di Rosa (cel.
15-4478-6844 - email: ernestogilpropiedades@yahoo.com.ar). Se establece el honorario del Perito Martillero (comisión) en
el 3 %, con más el 10 % de aporte por cada parte. - Según mandamiento de constatación, de fecha 25/2/2026: se
encuentra ocupado por la Sra. Alicia Gregoria Ceballos -DNI 14.065.425(no exhibe), en carácter de Propietaria. La subasta
iniciara, LA PUJA DESDE EL DÍA 3 DE SEPTIEMBRE DE 2026 A PARTIR DE LAS 10 HS., FINALIZANDO EL DÍA 17 DE
SEPTIEMBRE DE 2026 A LAS 10 HS., y se establece el monto de la base en la suma de Dólares Estadounidenses Veinte
Mil (u$s 20.000). Los interesados en la subasta deberán ser usuarios registrados e inscriptos hasta y con una antelación no
menor a tres (3) días de la fecha establecida para el inicio del remate digital (31 de agosto de 2026 a las 10 hs.) y deberán
depositar en garantía, en la cuenta judicial en Dolares N° 5100-028-0003291/0 (Prop.: 764635), cuyo CBU
0140138328510000329105, CUIT Poder Judicial: 30-70721665-0- abierta en el Banco Provincia de Buenos Aires, Sucursal
Tribunales de San Martín, en concepto de depósito en garantía, el 5 % del monto de la base o sea la suma de Dólares
Estadounidenses Mil (u$s 1.000), (art. 562 del CPCC). Quien no resulte adquirente deberá solicitar la devolución de las
sumas consignadas en los presentes autos una vez que se realice la audiencia prevista en el acápite siguiente. Los fondos
de quien no resultare adjudicatario, deberán ser devueltos al oferente respectivo, y no podrán ser gravados por impuesto o
tasa alguna. (art. 562 del CPCC) con excepción de aquellos postores que hubieran hecho reserva de postura en el
supuesto en que existiera postor remiso (art. 585 del CPCC; art. 40 Acuerdo 3604/12 SCBA). Una vez aprobada la
rendición de cuentas presentada por el martillero, se fija la audiencia que se señala para el día 6 del mes de Octubre de
2026 a las 13:00, la que será realizada en forma remota mediante la aplicación MS Teams, plataforma que permite
recuperar imagen y audio del acto procesal en cuestión. En su caso, resulta necesario conocer ciertos datos que deberán
ser aportados, con carácter de declaración jurada, a la que deberán comparecer el martillero y quien resultare ser el mejor
postor de la subasta. A dicha audiencia, el adjudicatario deberá presentarse con el formulario de inscripción a la subasta, el
comprobante del pago de depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su
individualización como comprador en subasta; y constituir domicilio legal en los términos del art. 40 del CPCC, bajo
apercibimiento de tenerlo por constituido en los Estrados del Juzgado (art. 41 del Ordenamiento Ritual). Asimismo, deberá
adjuntar el comprobante del saldo de precio en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Suc. Tribunales), a cuenta de
autos y a orden de la Infrascripta, decretándose automáticamente la indisponibilidad del 100 % del precio obtenido, hasta
que se otorgue la escritura correspondiente o se inscriba el bien a su nombre, si se prescindiere de aquella, salvo que la
demora en la realización de estos trámites le fueren imputables. Asimismo que la indisponibilidad no regirá respecto de los
gastos de escrituración y pago de impuestos y gastos de justicia (art. 581, CPCC.).El depósito a realizarse deberá contener,
además del saldo de precio de subasta, la suma equivalente al 3 % a cargo de la parte vendedora y el 3 % a la parte
compradora por comisión del martillero (más el 10 % en concepto de aportes previsionales, a cargo del adquirente) (art. 54
de la Ley 14.085).- Si no alcanzare el perfeccionamiento de la venta, por culpa del postor remiso, y se ordenare un nuevo
remate, este último perderá todos los importes depositados y será responsable de la disminución del precio que se
obtuviere en la eventual segunda subasta, de los intereses acrecidos y las costas causadas por ese motivo (art. 585,
CPCC.). En caso de existir más de un postor, y habiéndose declarado al vencedor en la puja como "postor remiso", se
considerará vencedor al postor que hubiese realizado la segunda mejor oferta "siempre que el mismo haya realizado la
correspondiente reserva de postura-, a quien se llamará a ratificarla, siempre que la misma sea igual o superior al noventa
y cinco por ciento (95 %) de la oferta primera. En caso de ratificación de la oferta, continuará con el procedimiento previsto
en el punto sexto; caso contrario se seguirá el procedimiento descripto hasta que alguno de los oferentes ratifique su oferta.
El adquirente podrá optar por la inscripción directa del dominio conforme lo establece el artículo 581, Cód. de forma, o
designar escribano. En ambos casos los gastos son a cargo del adquirente. Catastro Parcelario será a cargo del
adquirente.- Hágase saber que conforme dictamina el art. 21 del Acuerdo 3604/2012 de la SCBA, la compra en comisión
será admitida siempre y cuando el usuario haya indicado al momento de la acreditación que intentará una compra en
comisión, habiendo denunciado el nombre del comisionista, y encontrarse ambos inscriptos en el Registro General de
Subastas Judiciales (comisionista y comitente).Atendiendo a las particularidades del bien cuyo remate se persigue, no se
permite la cesión de los derechos emergentes del acta de adjudicación. (arts. 34 y 36 del CPCC). Deuda: Arba al 29-6-26 -
$62.005,30.- Municipalidad de J.C. Paz al 18-3-26 $367.582,07, y AySA al 1/4/2026 Fuera de servicio de Agua y Cloacas.
Sin entenderse como una liberación en sentido estricto, exímase de pago de deudas por impuestos y tasas a favor del
comprador, para que pueda adquirir el bien libre de todo gravamen y perfeccionar la transmisión dominial operada por ante
el Registro pertinente. - Exhibición día 25 y 26 de agosto de 2026, en el horario de 13 a 14 horas bajo responsabilidad de la
parte demandada - La inscripción a la presente subasta electrónica importa el conocimiento y aceptación de las
condiciones de venta que surgen del proveido de subasta -el que podrá consultarse respecto al inmueble en cuestión en el
sitio web http://subastas.scba.gov.ar/ " (arts. 562 y 575 del CPCC). General San Martín, 6 de agosto de 2026. Perticone
Eliana Livia, Secretario.
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