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Especial



Marca “ZUBARAN” con prestación de servicio “fabrica y venta de muebles, telas, tapicería: decoración”


Estado del remate

Vigente

Base
$ 375.000,00
Direccion
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Estado de Ocupación
Desocupado

Datos del juicio

Juzgado
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial
Número
3 sec. 6
Secretaría
Dirección
Callao 635 6º PISO
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Actor
Demandado
SCHNEIDER ARNALDO ARIEL
Juicio
S/QUIEBRA
Expediente
21073 /2022
Fuente de información
Boletin Oficial
Publicación
October 04, 2024

Datos del Martillero

Martillero
Arriola, Claudio Alejandro
Teléfono Laboral
4585-6215
Dirección
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires

Email

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Datos del remate

Fecha y hora de remate
24/10/2024 11:00
Fecha de publicación
October 04, 2024
Lugar
Salon de Remates del Poder Judicial
Dirección
Jean Jaures 545
Localidad
Ciudad Autonoma de Buenos Aires
Condiciones
Comisión 10%, Arancel subasta 0,25%.
Exhibición

Edicto

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge S. Sícoli, Secretaria Nº 6, a mi cargo, sito en la Av. Callao 635 Piso 6º, C.A.B.A., comunica por dos días en el Boletín Oficial de la República Argentina, sin previo pago, en los autos caratulados: “SCHNEIDER ARNALDO ARIEL s/ QUIEBRA”, (Exp. 21073 /2022), que el martillero Claudio Alejandro ARRIOLA, CUIT 20 -20766002-8; rematará el día 24 de Octubre de 2024 a las 11:00, EN PUNTO, en el salón de la calle Jean Jaures 545 de esta ciudad, la marca “ZUBARAN” con prestación de servicio “fabrica y venta de muebles, telas, tapicería: decoración”. BASE $ 375.000. Al contado y al mejor postor y en efectivo el 100%, COMISION 10%, sin IVA, arancel 0.25% de Arancel Acordada CJSN 24/2000, en el acto de subasta. Hágase saber que, se ha decretado nueva subasta a los mismos fines y efectos que la anterior, reduciendo la base en un 25% de la suma fijada para el remate anterior (v. fs. 186 $ 375.000). Asimismo, el comprador deberá indicar en autos dentro del tercer día de realizado el remate el nombre de su eventual comitente con los recaudos establecidos por el art. 571 del mismo código. Hágase saber que en caso de corresponder el pago del IVA por la presente compraventa deberá ser solventado por el comprador, debiendo el martillero retenerlo en el acto de la subasta y depositarlo en el expediente. A los efectos de asegurar la corrección y eficacia del procedimiento, serán admitidas ofertas bajo sobre -art. 162 del Reglamento de la Justicia Nacional en lo Comercial y reglamentación del art. 570 del CPCCN-, las que deberán ser presentadas digitalmente en el expediente hasta cinco días hábiles antes de la fecha de subasta. Los interesados deberán incorporar al expediente digital un documento con el contenido de la oferta que deberá ajustarse a lo dispuesto por el art. 162 del reglamento mencionado ut supra, el que no será incorporado al expediente hasta el día de la audiencia que se fijará a continuación. Con cada presentación de las ofertas, el Tribunal dejará constancia de la fecha y la hora en las que fueron presentadas pero sin indicar los datos del oferente ni el contenido de la oferta. La lectura de las ofertas y su incorporación al expediente digital se realizará mediante la celebración de la una audiencia que se llevará a cabo tres días antes de la fecha fijada para la subasta a las 10.30 horas. A dicha audiencia deberá comparecer el martillero y los oferentes que lo deseen, y se llevará a cabo únicamente en caso de existir ofertas, de lo que también se dejará constancia en el expediente el día anterior al de la audiencia. En cuanto a las señas efectuadas por cada oferta, en el acto de lectura de las mismas se ordenará la devolución de aquellas que no hubieran prevalecido. A igualdad de ofertas prevalecerá la presentada con antelación. El martillero antes de la realización de la subasta, dará lectura a la mayor oferta, sirviendo ésta como base para recibir nuevas posturas. En la puja podrán intervenir también, quienes efectuaron ofertas bajo sobre. Ello, con independencia del cupo máximo de asistentes establecido en el Protocolo de subastas judiciales presenciales establecido por la CSJN. Si la mayor oferta presentada en el expediente digital no resultara mejorada en la subasta, el martillero procederá a la adjudicación del bien al oferente. Deberá dejarse constancia en las publicaciones de edictos y en todo tipo de propaganda adicional, la posibilidad de efectuar ofertas en la modalidad dispuesta precedentemente. El comprador debe hacerse cargo de la totalidad de gastos que ocasione la transferencia de cualquier índole que sea. Para el caso de que el adquirente fuere quien eventualmente planteare la nulidad de la subasta, para hacer uso de esta facultad, deberá integrar el saldo de precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. Queda prohibida la compra en comisión del bien puesto a subasta, como así también la posterior cesión del boleto de compraventa. Para informes comunicarse con el martillero al email: estudioeverland@hotmail.com, y al tel. 114975-5400. CABA. Buenos Aires, 03 de octubre de 2024. JORGE S. SICOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO

e. 04/10/2024 N° 69819/24 v. 07/10/2024

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