El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil 33 a cargo del Dr. Horacio A. LIBERTI Secretaria Única a cargo de la Dra. Clementina M. MONTOYA sito en Uruguay 714 piso 4 Capital Federal Comunica por 2 días en Boletín Oficial y en La Ley en autos DIAZ ANTONIO OSCAR c/FERRARI JUAN DAVID (DNI 4.557.932) s/DIVISIÓN DE CONDOMINIO Expte 58.862/12 que la Martillera Nora Carpineta REMATARA el 11 de Mayo 2.016 a las 12 hs en punto en el salón de ventas de la Oficina de Subastas Judiciales sito en Jean Jaures 545 Cap Fed el inmueble ubicado en CARLOS PELLEGRINI N° 173 PISO 2 DEPTO B UF13, CAP FED Nomencl. Catastral: Circ. 4, Sec. 5 Mz67, Parc. 17a, Matricula 14-645/13, Partida 1.086.161Dv04 Según constatación fs 128 Vta consta: Superficie Tot.: 41,35 m2: Oficina dividida por tabiques de madera y vidrio en: hall de recepción y 2 despachos cada uno con su baño y un pequeño office, en buen estado de conservación, ocupado por el Sr Sebastián Ferrari en carácter de hijo del dueño DEUDAS al 1/3/16: Expensas libre de deuda (fs 116), ABL $ 1.272,54; AYSA $ 215,13.- BASE $ 200.000.- la venta se efectuará al contado y al mejor postor. Seña 30% Comisión 4% Arancel 0,25% acordada CSJN 10/99 y 24/00 Sellado 1% EN EFECTIVO Y EN EL ACTO DE LA SUBASTA. El saldo del precio deberá ser depositado en una cuenta a nombre del juzgado y como pertenecientes a estos autos dentro de los siete días de efectuada la subasta, sin que sea necesario el auto de la aprobación de la subasta toda vez que se opera de pleno derecho y bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso (art. 584 C. Pcsal). El adquirente deberá tomar la posesión en el plazo máximo de 20 días de abonado la totalidad del precio. Para el supuesto que se planteare nulidad de subasta el comprador deberá dentro del plazo de 5 días de realizado el remate depositar a embargo el saldo de precio bajo apercibimiento de celebrarse nueva subasta. El importe depositado será colocado a plazo fijo durante el lapso que dure la incidencia. El comprador deberá constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. No se admitirá cesión de derechos emergentes del boleto de compra-venta. La escritura traslativa de dominio será realizada por Escribano que designará el Juzgado. Exímase a los compradores en subasta del bien objeto del presente juicio al pago de las deudas que tuviere el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones anteriores a la toma de posesión del mismo aunque el monto obtenido no alcanzare para solventarlas (Fallo Plenario Serviciios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac s/Ejecucion Hipotecaria). Si el inmueble estuviere ocupado por personas ajenas al ejecutado y su grupo familiar, la desocupación del inmueble deberá efectuarse mediante el procedimiento incidental previsto por el art 589 C. Pcsal. EXHIBICION: 4 y 5 de Mayo 2016 de 10 a 12 hs. Carlos Pellegrini 173, 2° B Cap. Fed. Infor. 156.737.1680 Bs. As. 27 de ABRIL de 2.016. DR. HORACIO ALEJANDRO LIBERTI Juez - DRA. CLEMENTINA MARIA DEL VALLE MONTOYA SECRETARIA
e. 02/05/2016 N° 27452/16 v. 03/05/2016