Comienza: October 06, 2025 12:00
El Juzgado Nacional de 1° Instancia en lo Comercial 4, Secretaría n° 8, sito en Av. Diagonal Roque Saenz Peña 1211, Piso 1°, CABA, comunica por 5 días en el juicio “CURTIEMBRE BECAS SA s/ Quiebra s/ Incidente de Venta” (Expte. nº 29400/2013/5), que el martillero Alberto César Bieule (CUIT 23- 22823598-9) rematará el 06/10/2025 a las 12:00 hs., EN PUNTO en Jean Jaurés 545 C.A.B.A, el 100% de la PLANTA INDUSTRIAL sita en la calle Villa de Luján 1548 de la localidad de Sarandí, Partido de Avellaneda, Provincia de Bs.As, EN BLOCK con la MAQUINARIA de propiedad de la fallida CURTIEMBRE BECAS SA (CUIT 30-51577021-2) que se encuentra en el inmueble. Se compone de 2 amplias naves con ingreso para camiones por calle Villa Luján, posee una nave sin columnas, con pisos de alta capacidad de carga, techo de chapas acanaladas, en el entre piso cuenta con sector de oficinas administrativas con divisiones de vidrio y aluminio. Con vestuario y comedor para personal. En la nave continua de mayor antigüedad con techo de chapa acanalada de menor altura y pisos en mal estado de conservación, se ubica paralela a la nave principal. Siendo su antigüedad de aprox 45 años y su estado de conservación es regular. Superficie del terreno según plano 4.087 ,05mts2. (Matriculas: N° 31.110; 31.111; 33.190; 33.191; 33.192; 33.195 Y 33.196). Nom Cat Circ: II, Sección; R, Fracción VI; Parc: 47A, 48,49 y 50; Nom Cat Circ: II, Sección; R, Manzana 72 parc: 5 y 6. La Sindicatura posee la tenencia del inmueble y la Cooperativa de Trabajo Becas LTDA. la ocupa en carácter de comodataria con cargo de conservación y mantenimiento de ésta, hasta la venta del inmueble (12/8/2025). La Maquinaria instalada en la planta surge del inventario de fs. 391/4 y se compone de maquinarias para la industria del cuero, faltando solo algún mobiliario de escaso valor, como ser alguna silla, mesas y estanterías. Se deja constancia que hay maquinaria que no están en uso y cuentan con un deterioro importante, pero se encuentran en la planta. BASE U$S 387.000.- al contado y mejor postor, Seña 30%, Comisión 3% más iva, sellado de ley 1,2% y 0,25% Arancel Subasta Judicial, todo en efectivo en el acto del remate. Tanto la seña como el saldo de precio y la comisión del martillero podrán ser abonados en moneda extranjera o de curso legal, en este último caso a la cotización del dólar tipo comprador del día anterior de cada pago. Queda prohibida la compra en comisión, así como la ulterior cesión del boleto que se extienda. Serán admitidas oferta bajo sobre en los términos de la LCQ 212 y art. 162 del Reglamento para la justicia Comercial hasta las 12hs. del día hábil inmediato anterior a la fecha designada para la subasta. Todo posible comprador adquirente que concurra al acto mediante poder otorgado por otra persona de existencia física o ideal deberá denunciarlo en forma precedente al comienzo del acto al Sr. Martillero y éste anunciar de viva voz el nombre del poderdante a su inicio. Los impuestos, tasas y contribuciones devengados antes de la declaración de la quiebra deberán ser verificados por sus acreedores en este procedimiento; los devengados entre la declaración de la quiebra y la fecha de la posesión del bien, serán gastos del concurso en los términos de la LCQ 240 (ajustado al contrato de locación); y los posteriores a la posesión, quedarán a cargo del adquirente. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los 10 días de realizada la subasta sin necesidad de otra notificación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el CPR 580, aun cuando se hubiere planteado cualquier objeción que impida la aprobación de la subasta. De optarse por registrar el inmueble a través de escritura pública, la totalidad de los gastos que irrogue dicho trámite serán a cargo exclusivo del comprador. Se presume que los oferentes tienen debido conocimiento de las constancias de autos, de la resolución de fs. 1696, y de las dictadas y que se dicten en relación con la subasta decretada. Exhibición: 1, 2 y 3 de octubre de 2025 en el horario de 11 a 13 hs. Para mayor información comunicarse con el Martillero al 114073-1093.- GERMÁN PÁEZ CASTAÑEDA (JUEZ SUBROGANTE) Juez - IGNACIO M. GALMARINI SECRETARIO
e. 16/09/2025 N° 67704/25 v. 22/09/2025