Comienza: 15 de mayo de 2026 11:00
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de la Ciudad de Tres Arroyos, Departamento
Judicial de Bahia Blanca, a cargo del Dr. Fernando M. Elizalde, Sec. Única, a cargo de la Dra. Mariana Druetta, sito en
calle Brandsen N° 564 de Tres Arroyos, pcia. de Bs. As., comunica por tres días en los autos "Consorcio Copropietarios
Country Club Zurita c/Herederos de Reinna Hector Hugo y Panizo Teresa Angélica s/Cobro Ejecutivo de Expensas" (Expte.
44969), que la Martillera Silvia Susana Ripodas Col 1.433 C.M.B.B. con domicilio electrónico constituido en el casillero
virtual 27171734806@cma.notificaciones, subastará, conforme el procedimiento electrónico en la pág. de la SCBA
www.scba.gov.ar, Subasta Pública Electrónica (art. 562 CPCC Ley 14.238 Ac. 3604/12 SCJBA), al mejor postor, el 100 %
indiviso del inmueble titularidad de Hector Hugo Reinna, LE 5.998.487, y Teresa Angelica Panizo, LC 4.253.459, cuyo título
se encuentra agregado en autos adjunto al trámite de 3/06/2025, en las condiciones de dominio que surgen del informe
agregado en 03/06/2025, ubicado en Av. Bernardo de Monteagudo s/n (denominado Country Zurita) de la ciudad de Tres
Arroyos, cuya Nomenclatura Catastral es: Circ. 2, Sec. A, Cha. 50, Par. 2, Subpar. 7, inscripto en la matrícula N° 1740, del
partido 108, de contado, al mejor postor, en el estado material en que se encuentra (arts. 566 sstes. y cctes. del CPCC).
Dicho inmueble se trata de un terreno baldío, sin ocupantes ni construcción alguna, como así tampoco cuenta con algún
alambrado o poste; conforme mandamiento de constatación de fecha 08/10/2025. La Subasta Electrónica COMENZARÁ EL
DÍA 15 DE MAYO DE 2026 A LAS 11:00 HS. Y FINALIZARÁ EL DÍA 01 DE JUNIO DE 2026 A LAS 11:00 HS. El día de
Exhibición será el 05 de mayo de 2026 a las 9:00 am. Los posibles interesados serán recibidos por la martillera en la
dirección postal del inmueble antes descripto. Base de subasta y cuadro de tramos: La base de subasta se fija en la suma
Pesos Veintiocho Millones Trescientos Cincuenta y Ocho Mil ($28.358.000). Las sumas dentro de las cuales pueden ofrecer
los postores estarán determinadas por un cuadro de tramos de pujas numerado correlativamente, correspondiendo a cada
uno de ellos un monto concreto. La primera oferta es igual a la base. Los tramos subsiguientes se incrementarán en un 5 %
de la primera oferta (arts. 31, 32 y 33 Ac. 3604/12). Inscripción como usuario: Todo interesado en participar de la subasta
deberá -ineludiblemente- en la forma previa a la misma, registrarse como postor en el Registro General de Subastas
Judiciales (art. 6 a 20 del Ac. 3604/12), pudiendo inscribirse en cualquiera de las Seccionales provinciales. Inscripción a la
subasta en particular: Los usuarios registrados en el portal para poder pujar en la subasta decretada por el presente acto,
deberán encontrarse inscriptos con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de su celebración (art. 24
Anexo 1 Ac. 3604). Compra en comisión: En caso de pujar en comisión, deberá indicarse el nombre del comitente al
momento de inscribirse como postor en la subasta decretada por el presente acto, debiendo ambos estar previamente
inscriptos en el RSJD, (art. 582 CPCC y art. 21 3er paff. 2/4 Ac. 3604 SCBA). En su caso, deberá ratificarse lo actuado,
mediante escrito suscripto por ambas partes (comisionista y comitente), en el plazo de cinco días de celebrada el acta de
adjudicación correspondiente (conf. art. 581 CPCC). En su defecto, se lo tendrá al comisionista por adjudicatario definitivo.
Martillero. Comisión: facúltese al martillero a exigir el 3 % de comisión con más aportes previsionales, que deberán
encontrarse cumplidos como requisito necesario al momento de celebrarse el acta de adjudicación pertinente (arts. 54, 55,
71 y cctes. Ley 10.973). Duración de la subasta: El acto de subasta tendrá una duración de diez (10) días hábiles, desde la
fecha de comienzo que oportunamente se fije a propuesta del martillero, momento a partir del cual los usuarios registrados
podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas (art. 30 Ac. 3604/2012 SCBA). Si en los últimos tres minutos de
plazo algún postor hace una oferta, el tiempo de duración de la puja virtual se ampliará automáticamente 10 minutos más.
Si durante el tiempo de extensión algún postor realizara una nueva oferta, el plazo de la puja virtual se ha de extender por
otros nuevos 10 minutos y así sucesivamente, hasta que luego de una última oferta transcurran 10 minutos sin una nueva
oferta que la supere. (tiempo de extensión conforme art. 42 Ac. 3604/2012 SCBA). Depósito en garantía: Todo oferente que
haya cumplido con la inscripción general como postor en el RGSJ y desee participar, en particular, de la presente subasta,
deberá efectivizar un depósito en garantía mediante cualquier medio de pago disponible que haga ingresar el dinero en la
cuenta judicial abierta a nombre del suscripto y como perteneciente a estos autos, en un monto equivalente al 5 % de la
base, es decir la suma Pesos Un Millon Cuatrocientos Dieciocho Mil ($1.418.000). y que no será gravado por impuesto o
tasa alguna, con una antelación mínima de tres días hábiles al comienzo de celebración del remate. Cumplido este
recaudo, se generará a favor del interesado el Código de Postor necesario a los fines de validar su inscripción en el remate
aquí ordenado (art. 562, 4° párrafo, 575 del CPC art. 22 y 37 Ac. 3604 y Ac 3731). El depósito será reintegrado a los
oferentes no ganadores de manera inmediata o automática mediante oficio a confeccionar en el Juzgado, dirigido al Banco de depósitos judiciales, comunicando el listado de aquellos, para que desde allí se transfiera desde la cuenta de autos a la
cuenta de origen o denunciada por cada uno, dicho depósito. Salvo aquellos oferentes que hubieran hecho reserva de
postura, a los que le será devuelta sólo si lo piden (art. 585 2° párrafo del CPCC; art. 39 Ac. 3604/12). Previamente, deberá
contarse en la sede del Juzgado con el informe remitido por el RGSJ -art. 37 Ac. 3604- y el acta del martillero - art. 36 Ac.
3604-. Seña: Al momento de la celebración del acta de adjudicación, el adquirente en subasta deberá acreditar el
cumplimiento del depósito/transferencia efectuado a la cuenta de autos, en concepto de seña, que será por el equivalente
al 20 % del precio de compra del bien (conf. art. 575 CPCC). Déjese constancia que la suma referida no podrá ser
integrada con el 5 % dado en concepto de Depósito en Garantía. Cuenta Judicial: Se hace saber los datos de la cuenta
bancaria de este proceso a los fines del depósito en garantía y su difusión en el portal de subasta judiciales Electrónicas
(art. 22, 3er párrafo, Ac. 3604/12; Res. SCBA 20669/12): CBU 0140334127620551237998, Sucursal: (6205) Tres Arroyos,
Cuenta: 6205-5123799, Juzgado: Juzgado Civil y Comercial, Causa: 44969 - "Consorcio Copropietarios Country Club
Zurita c/Reinna Hector Hugo y Otro/s s/Cob". Adjudicacion: El bien será adjudicado a quien hubiere realizado la mejor
oferta. Una vez concluido el acto de subasta, y determinado el ganador, éste será notificado a la dirección de correo
electrónico que hubiere denunciado al momento de su inscripción, así como en su panel de usuario del Portal. Dentro del
plazo de tres días contados desde el cierre de la puja virtual, el martillero deberá presentar en autos acta que da cuenta del
resultado del remate, con los datos del vencedor y nómina de códigos de postores con las mayores ofertas realizadas por
cada uno. Asimismo, en el mismo lapso deberá rendir cuentas (art. 579 del CPCC, art. 36 Ac. 3604/12). Por su parte, y
también en el mismo lapso de tiempo, la seccional del RGSJ interviniente, deberá remitir informe conteniendo listado que
vincule los datos personales de todos los postores acreditados en la subasta, con sus respectivos códigos - secretos - de
postores y cuáles de éstos, efectuaron reserva de postura al momento de acreditarse en la subasta; validaciones de los
depósitos en garantía y/o comprobantes del pago de los mismos, a fin de proceder a su devolución (art. 585 del CPCC; art.
37. Ac. 3604/12). Acta por secretaría: En los términos del art. 38 Ac. 3604/12, a los fines de labrar el acta de adjudicación
pertinente - la que será Suscripta por la Secretaria del Juzgado - se fija fecha de Audiencia de Adjudicación para el día 06
de julio de 2026 12:00 hs. (conf. arts. 38 Anexo I Ac. 3604/18.) Se hace saber que la audiencia de adjudicación en subasta
fijada, se ha de desarrollar de manera parcialmente remota, mediante el uso de la plataforma Microsoft Teams, asistiendo a
este sede del juzgado únicamente el adjudicatario, mientras que la/el enajenador/a participará de manera virtual. El
adjudicatario debe presentarse a dicha audiencia munido del formulario de inscripción a la subasta de que se trate,
comprobante de pago del depósito en garantía, de la seña, constancia de código de postor, y demás instrumentos que
permitan su individualización fehaciente como comprador en la subasta electrónica. En el mismo acto, constituirá domicilio
legal a los efectos pertinentes (art. 580 CPCC). El acta de adjudicación es cedible, en todo conforme a lo dispuesto por el
Libro 3, Título 4, Capítulo 26 y cctes. del Código Civil y Comercial de la Nación. Integración de saldo de precio: Aprobada la
subasta, se intimará al adjudicatario mediante cédula en su domicilio constituido - o bien pudiendo quedar notificado en el
momento de celebración de la audiencia de adjudicación si se encontraran cumplidos los recaudos para aprobar el remate -
, para que en el plazo estipulado por el art. 581 del CPCC, acredite el depósito/transferencia de saldo de precio a la cuenta
judicial de autos, computándose a cuenta de pago el 5 % abonado en concepto de depósito en garantía. Inscripcion
registral: El comprador podrá optar por la inscripción directa del dominio conforme lo dispuesto por el art. 581 del CPCC, o
designar escribano, en cuyo caso las erogaciones que ello irrogare, serán a su exclusivo cargo. Impuestos: Los impuestos,
tasas y contribuciones que corresponda (nacionales y provinciales) al bien subastado, serán soportados en su caso con el
precio de la venta, hasta la toma de posesión por parte del comprador (arts. 3879 inc. 1° y 3900 Cód. Civ.), acto que no
podrá superar los seis meses desde el pago del precio Superado dicho lapso, correrán los que se devenguen por cuenta
del comprador (art. 34 inc. 5° del CPCC). Postor remiso: En caso de incumplimiento del pago del precio por parte del
adquiriente en la subasta, éste incurre en situación de postor remiso, debiéndose adjudicar el bien subastado, con el fin de
evitar que fracase la subasta, al mejor de los postores siguientes conforme a las alternativas previstas en el marco legal de
referencia (art. 585 CPCC; arts. 21, 40 Ac. 3604/12). Druetta Mariana Claudia, Secretario.
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