Comienza: 04 de noviembre de 2026 11:00
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 Junín, hace saber que el Martillero Diego
Jordan, en autos "Kunzle Raul Roberto c/Kunzle Carlos Alberto s/División de Condominio" 2944-2021, subastará un
inmueble ubicado en Gral. Paz N° 1531 de Juniín, Matrícula N° 328/4, nomenclatura catastral Circ. I, Secc. E, Manzana 83,
Subp. 4. Base U$25.333,33. Depósito de garantía U$1.266,66. INICIO 04/11/2026, 11 HS. FINALIZA 20/11/2026, 11 HS. Se
hace constar que el inmueble se encuentra desocupado. Interesados inscribirse en Registro de Subastas Electrónicas.
Fecha de acreditación de postores: hasta las 11:00 hs. del día 30/10/2026. Depósito en garantía mínimo 3 días hábiles
anticipación al inicio de la subasta. Cuenta judicial Bco. Pcia. Bs. As., CBU 0140301328666200051396, Suc.: 6662 Cuenta:
5139. Exhibición 20/10/2026 de 14:00 a 17:00 hs. Acta de adjudicación fecha: 3/12/2026, a las 10:00 hs. en Álvarez
Rodríguez N° 141, Junín, el adjudicatario deberá presentarse con formulario de inscripción a la subasta, comprobante del
pago de depósito en garantía, constancia de código de postor y demás instrumentos que permitan su individualización
como comprador en subasta. Deberá constituir domicilio legal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los
Estrados del Juzgado (art. 41 CPC). En dicha audiencia, el vencedor deberá adjuntar el comprobante de pago de la seña,
equivalente al veinte por ciento (20 %) del monto que resultare vencedor y el tres por ciento (3 %) en concepto de
honorarios profesionales del martillero (con más el 10 %, en concepto de aportes previsionales) no pudiendo computarse
dentro de estas sumas las dadas en concepto de depósito en garantía. La documentación deberá asimismo encontrarse
remitida electrónicamente antes de la audiencia. Finalizada la misma se expedirá copia certificada del acta la que será
entregada al adjudicatario. El adquirente tendrá un plazo de veinte (20) días hábiles para depositar el saldo del precio en la
cuenta de autos. Los impuestos, tasas y contribuciones serán a cargo del comprador desde la fecha de toma de posesión.
Los fondos de quien no resultare adjudicatario y no hubiere hecho reserva de postura deberán ser devueltos al oferente y
no podrán ser gravados por impuesto o tasa alguna (art. 562 del CPCC). La posesión del bien se entregará en el momento
definitivo de adjudicación, librándose oficio al Registro de la Propiedad Inmueble para la toma de razón (conf. 2° DTR 2/74).
No se autoriza la cesión del acta de adjudicación, se autoriza la compra en comisión debiendo indicar que se presenta a esos fines, denunciando el nombre, apellido, DNI/CUIT y domicilio de su comitente debiendo ambos encontrarse inscriptos
en el Registro Gral. de Subastas Judiciales. Patiño María Fabiana, Juez. Palioff Nosal Maria Paula, Auxiliar Letrado.
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